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Documento BORME-C-2021-11

RETURN KAPITAL SOLUTIONS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RK ADVISORS, S.L.U.
ACTIVE RENTS MANAGEMENT, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 1, páginas 11 a 11 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-11

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se anuncia que con fecha 22 de diciembre de 2020, el socio único de las entidades "RETURN KAPITAL SOLUTIONS, S.L.U.", con CIF B-87.438.305 "RK ADVISORS, S.L.U." con CIF B-87.823.415. y "ACTIVE RENTS MANAGEMENT, S.L.U.", con CIF B-86.268.869; con carácter universal y en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta General, aprobó por unanimidad la fusión por absorción de "RK ADVISORS, S.L.U." y "ACTIVE RENTS MANAGEMENTS, S.L.U." (Sociedades Absorbidas) por parte de "RETURN KAPITAL SOLUTIONS, S.L.U.", que pasará a denominarse "RKS ASSET MANAGEMENT, S.L.U." (Sociedad Absorbente), con extinción por disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas que traspasarán en bloque su patrimonio a la Sociedad Absorbente como sucesora universal, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas. La fusión comprende todos los elementos integrantes del activo y del pasivo del balance de las Sociedades Absorbidas, quedando la Sociedad Absorbente plenamente subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquella, sin ninguna reserva, excepción o limitación.

La fusión fue aprobada en los términos recogidos en el Proyecto Común de Fusión redactado y suscrito por el Administrador Único de las Sociedades Absorbidas y la Sociedad Absorbente con fecha 22 de diciembre de 2020. Las decisiones adoptadas por el socio único de las Sociedades fueron adoptadas con el carácter de universal y por unanimidad por lo que, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de Fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley de Modificaciones Estructurales y sin informe de los administradores sobre el Proyecto Común de Fusión. Se han aprobado asimismo los Balances de fusión de las compañías fusionadas, cerrados a 30 de septiembre de 2020.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que la presente operación es una fusión especial, efectuándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 52.1 LME, siendo un supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas y, por tanto, siendo de aplicación las prescripciones del artículo 49.1 LME, habida cuenta que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas son sociedades íntegramente participadas de forma indirecta por el mismo socio único (fusión gemelar).

La fusión tendrá efectos contables a partir del otorgamiento de la escritura por la que se eleve a público el acuerdo de fusión. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de Fusión. De igual modo, se anuncia el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de UN MES contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Madrid, 29 de diciembre de 2020.- El Administrador único, Henry Noel Gallego Grajales.

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