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Documento BORME-C-2021-1269

NÁUTICA Y CARAVANING ORLY, SOCIEDAD ANÓNIMA
UNIPERSONAL
(SOCIEDAD SEGREGADA)
ALQUILER Y VENTA DE CONSTRUCCIONES MODULARES,
SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 61, páginas 1697 a 1698 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-1269

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que con fecha 24 de marzo de 2021, las Juntas Generales de carácter universal de las sociedades "Náutica y Caravaning Orly, S.A.U." (sociedad segregada), y de "Alquiler y Venta de Construcciones Modulares, S.L." (sociedad beneficiaria), han adoptado por unanimidad el acuerdo de transformación de sociedad anónima a sociedad limitada por parte de Náutica y Caravaning Orly, S.A.U., con carácter previo, y a continuación la segregación de una rama de actividad, como es la actividad de alquiler y venta de construcciones modulares, a favor de la sociedad limitada denominada Alquiler y Venta de Construcciones Modulares, S.L. (sociedad beneficiaria), que adquiere por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones vinculados a la rama de actividad segregada.

Se hace constar que el acuerdo de segregación contiene una relación detallada de los elementos patrimoniales que componen la unidad económica segregada, en base al balance de la sociedad segregada cerrado a fecha 31 de diciembre de 2020, y todo ello de conformidad con el proyecto de segregación formulado en fecha 15 de marzo de 2021 y depositado en el Registro Mercantil.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009 al haberse adoptado el acuerdo de segregación en junta universal y por unanimidad de todos los accionistas de la sociedad segregada y la sociedad beneficiaria, no es necesario el informe de los administradores sobre el mismo, ni intervención de experto independiente al haberse producido la transformación previa en sociedad limitada de la sociedad segregada.

La aportación de la unidad económica a la sociedad beneficiaria se llevará como contraprestación por la asunción por parte de la sociedad segregada de la totalidad de las participaciones sociales creadas a raíz de la ampliación de capital de la sociedad beneficiaria.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace público que la Junta General de la sociedad Náutica y Caravaning Orly, S.A.U., celebrada el día 24 de marzo de 2021, acordó la transformación de sociedad anónima en sociedad limitada, con la consiguiente modificación de los estatutos sociales y aprobación del balance de transformación.

Del mismo modo, en cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado y de la relación de activos y pasivos segregados, así como el derecho que les corresponde de oponerse a la segregación planteada con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de segregación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Asimismo, se deja constancia que se puso a disposición de los trabajadores de las sociedades todos los documentos e información a que se refieren los artículos de la LME con carácter previo a la adopción del acuerdo de transformación y segregación.

Zaragoza, 26 de marzo de 2021.- El Administrador único de Náutica y Caravaning Orly, S.A.U., y Alquiler y Venta de Construcciones Modulares, S.L., Fernando Rodrigo Roba.

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