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Convocatoria de Junta General Ordinaria de Accionistas. Por acuerdo del Consejo de Administración de esta Sociedad, celebrado el 31 de marzo de 2021, se convoca Junta General Ordinaria de Accionistas de ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A. (la "Sociedad"), para su celebración en el domicilio social, sito en la Avenida de Pío XII 102, 28036 Madrid, a las doce horas del día 6 de mayo de 2021, en primera convocatoria, y al día siguiente, 7 de mayo de 2021, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, (previsiblemente la Junta se reunirá en segunda convocatoria salvo que otra cosa se anuncie en la página web de la Sociedad, www.grupoacs.com, en la página web de la CNMV, www.cnmv.es, en uno de los diarios de mayor circulación en España y en los demás medios que procedan). De conformidad con lo previsto en el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, la Junta General se celebrará por medios exclusivamente telemáticos, es decir, sin la presencia física de los accionistas y sus representantes, teniendo en cuenta la situación extraordinaria de alerta sanitaria generada por la pandemia de Covid-19 y las limitaciones aplicables a la celebración de reuniones con asistencia de múltiples personas.
Orden del día
Primero.- Aprobación de las Cuentas Anuales e Informes de Gestión correspondientes al ejercicio de 2020, tanto de la Sociedad como del consolidado del Grupo de Sociedades del que ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A., es sociedad dominante. Aplicación de resultados.
Segundo.- Aprobación del Estado de Información no Financiera consolidado correspondiente al ejercicio de 2020.
Tercero.- Aprobación de la gestión del Consejo de Administración durante el ejercicio de 2020.
Cuarto.- Reelección de Consejeros: 4.1. Reelección de doña Carmen Fernández Rozado, con la categoría de consejero independiente. 4.2. Reelección de don José Eladio Seco Domínguez, con la categoría de consejero independiente.
Quinto.- Informe anual sobre remuneraciones de los consejeros, correspondiente al ejercicio 2020, que se somete a votación con carácter consultivo.
Sexto.- Aumento de capital con cargo íntegramente a reservas y autorización para la reducción de capital para amortizar acciones propias.
Séptimo.- Autorización para la adquisición derivativa de acciones propias y para la reducción del capital social con finalidad de amortización de acciones propias.
Octavo.- Delegación de facultades para la ejecución y formalización de acuerdos.
Noveno.- Toma de conocimiento de la modificación del Reglamento del Consejo de Administración.
I. Complemento de Convocatoria y presentación de nuevas propuestas de acuerdo. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital y los artículos 28 de los Estatutos Sociales y 10 del Reglamento de la Junta General, los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta General Ordinaria, incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. El ejercicio de este derecho deberá efectuarse mediante notificación fehaciente, que habrá de recibirse en el domicilio social (Avenida de Pío XII, 102, 28036 Madrid) dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria. El complemento deberá publicarse, como mínimo, con quince días de antelación a la fecha establecida para la reunión de la Junta. La falta de publicación en plazo del complemento será causa de impugnación de la Junta. Los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán, en el mismo plazo señalado en el párrafo anterior, presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la Junta convocada, que habrán de recibirse en el domicilio social (Avenida de Pío XII, 102, 28036 Madrid). II. Derecho de Información. Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 12 del Reglamento de la Junta General, 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital y demás disposiciones legales vigentes: 1. Desde el mismo día de publicación de la convocatoria de la Junta General y hasta el quinto día anterior, inclusive, al previsto para su celebración en primera convocatoria, los accionistas podrán solicitar por escrito las informaciones o aclaraciones que estimen precisas o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General, 8 de mayo de 2020, y acerca del informe del auditor de cuentas de la Sociedad. 2. Todas estas solicitudes de información podrán realizarse mediante la entrega de la petición en el domicilio social o mediante su envío a la Sociedad por correspondencia postal y comunicación electrónica a distancia, a las direcciones postales y electrónicas que se especifican al final de este apartado II. El accionista que ejercite su derecho de información deberá aparecer identificado como tal en los registros de la Sociedad a la fecha de publicación de la convocatoria o, en su defecto, aportar el correspondiente certificado de legitimación emitido con arreglo a lo dispuesto en la normativa reguladora del Mercado de Valores. Corresponderá al accionista la prueba del envío de la solicitud a la Sociedad en forma y plazo. 3. Las solicitudes válidas de informaciones, aclaraciones o preguntas realizadas por escrito y las contestaciones facilitadas por escrito por el Consejo de Administración se incluirán en la página web de la Sociedad. Dando cumplimiento a lo previsto en los artículos 11 del Reglamento de la Junta General, 517 y 518 de la Ley de Sociedades de Capital y demás disposiciones vigentes, se informa a los accionistas de que, desde la publicación del anuncio de convocatoria, la Sociedad publicará ininterrumpidamente en su página web www.grupoacs.com la siguiente información que todo accionista podrá, así mismo, examinar en el domicilio social, u obtener de forma inmediata y gratuita en los casos previstos legalmente: - El anuncio de la convocatoria. - El número total de acciones y derechos de voto de la Sociedad, que a la fecha de publicación de esta convocatoria ascienden a 310.664.594 acciones, de cincuenta céntimos de Euro de valor nominal cada una, totalmente suscritas y desembolsadas. Cada acción dará derecho a un voto. - Los textos completos de las propuestas de acuerdo sobre todos y cada uno de los puntos del orden del día. A medida que se reciban, se incluirán también las propuestas de acuerdo presentadas, en su caso, por los accionistas. - Cuando exista, el complemento de la convocatoria, desde la fecha de su publicación. La Sociedad hará públicas igualmente a través de su página web el texto de las propuestas y justificaciones facilitadas a la Sociedad y a las que dicho complemento se refiera. - Las cuentas anuales y el informe de gestión individuales, junto con el informe del auditor de cuentas. - Las cuentas anuales y el informe de gestión consolidados, junto con el informe del auditor de cuentas. - El estado de información no financiera consolidado, junto con el informe de verificación del estado de información no financiera consolidado. - El Informe justificativo del Consejo de Administración en el que se valora la competencia, experiencia y méritos de los Consejeros e informes de la Comisión de Nombramientos, en el marco de las propuestas de reelección de miembros del Consejo de Administración, que se somete a la aprobación de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad bajo el punto Cuarto del orden del día. - El Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros, correspondiente al ejercicio 2020 que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 541.4 de la Ley de Sociedades Capital, se somete a votación, con carácter consultivo, a la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad bajo el punto Quinto del orden del día. - El Informe emitido por el Consejo de Administración en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 286, 296 y 318 de la Ley de Sociedades de Capital, y demás disposiciones legales que fueren de aplicación, con la justificación de la propuesta de ampliación de capital con cargo íntegramente a reservas y de autorización para la reducción de capital para amortizar acciones propias, y consecuente modificación del artículo 6º de los Estatutos Sociales, a someter a la aprobación de la Junta General de Accionistas bajo el punto Sexto del orden del día. - El Informe emitido por el Consejo de Administración en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 286 y 318 de la Ley de Sociedades de Capital, y demás disposiciones legales que fueren de aplicación, con la justificación de la propuesta relativa a la autorización para la reducción del capital social con finalidad de amortización de acciones propias y consecuente modificación del artículo 6º de los Estatutos Sociales, contemplada en el punto Séptimo del orden del día. - El Informe del Consejo de Administración sobre la modificación de su Reglamento. - El Informe anual de funcionamiento de la Comisión de Auditoría correspondiente al ejercicio 2020, en el que se incluye el informe sobre la independencia de los Auditores de Cuentas a que se refiere el artículo 529 quaterdecies 4.f) de la Ley de Sociedades de Capital. - El Informe anual de funcionamiento de la Comisión de Nombramientos correspondiente al ejercicio 2020. - El Informe anual de funcionamiento de la Comisión de Retribuciones correspondiente al ejercicio 2020. - Los procedimientos y formularios digitales de voto anticipado a distancia y representación electrónica. - Los formularios de votación anticipada y de nombramiento o revocación de representante a distancia por correo postal. - Las Normas de Funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas. - Las Normas sobre asistencia telemática a la Junta General. En particular, de conformidad con lo establecido en el artículo 272.2 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas podrán obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, las cuentas anuales y el informe de gestión individuales, las cuentas anuales consolidadas del Grupo ACS y el informe de gestión consolidado, que incluye el estado de información no financiera consolidado, y los respectivos informes de los auditores de cuentas. Asimismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 296.1, 297.1 y 318.1 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas podrán examinar en el domicilio social la documentación relativa a los puntos Sexto y Séptimo del orden del día, y pedir la entrega o envío gratuito de la misma, así como de cualquier otra documentación y/o información legalmente exigible. Las direcciones de correo postal y electrónico y números de teléfono y fax a los que pueden dirigirse los accionistas a los efectos de examinar o solicitar el envío inmediato y gratuito de dicha documentación, son los siguientes: ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A., Secretaría General, Avenida de Pío XII número 102, 28036 Madrid, España. Teléfono: 900-460-255. Fax: 900-460-258, Dirección de correo electrónico: junta2021@grupoacs.com, Página web corporativa: www.grupoacs.com Como consecuencia de la situación actual ocasionada por la pandemia de COVID-19, la Sociedad recomienda solicitar la información y/o documentación por correo postal o electrónico, evitando por tanto la entrega personal de la petición en el domicilio social. III. Derechos de asistencia y voto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 29 y 30 de los Estatutos Sociales y 13 del Reglamento de la Junta General, tienen derecho de asistencia a las Juntas Generales los accionistas titulares de al menos cien acciones con derecho a voto, cuya titularidad aparezca inscrita en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta. Los accionistas que ejerciten su derecho de voto utilizando medios de comunicación a distancia también deberán cumplir este requisito en el momento de la emisión de su voto. Cada accionista tendrá derecho a tantos votos cuantas acciones posea o represente. Los accionistas titulares de un menor número de acciones podrán delegar su representación en un accionista con derecho de asistencia, así como agruparse con otros accionistas que se encuentren en la misma situación hasta reunir las acciones necesarias, debiendo los accionistas agrupados conferir su representación a uno de ellos. IV. Representación Voluntaria. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 184, 185, 187, 189, 522 y 523 de la Ley de Sociedades de Capital, 29 de los Estatutos Sociales y 15 del Reglamento de la Junta General, todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista cumpliendo con los requisitos exigidos por la Ley, los Estatutos Sociales y el Reglamento de la Junta General. La representación conferida por accionistas que solo agrupándose tengan derecho a voto podrán recaer en cualquiera de ellos. La representación deberá conferirse por escrito o por medios de comunicación a distancia que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley y con carácter especial para cada Junta, salvo que se trate del cónyuge, ascendiente o descendiente del representado o de apoderado con poder general conferido en documento público, con facultades para administrar todo el patrimonio que el accionista representado tuviese en territorio nacional. En los documentos en los que consten las representaciones para la Junta General de Accionistas se reflejarán las instrucciones sobre el sentido del voto. Salvo que el accionista que confiera la representación indique expresamente otra cosa, se entenderá que la representación se refiere a todos los puntos comprendidos en el orden del día de la convocatoria y que imparte instrucciones de voto precisas a favor de las propuestas de acuerdos formuladas por el Consejo de Administración sobre los asuntos incluidos en el orden del día. Asimismo y salvo indicación contraria del accionista, la representación se extenderá a los asuntos que, no figurando en el orden del día y siendo, por tanto, ignorados en la fecha de la delegación, puedan someterse a votación en la Junta, en cuyo caso el representante emitirá el voto en el sentido que considere más favorable para los intereses de la Sociedad y del representado. La misma regla se aplicará en relación con las propuestas sometidas a decisión de la Junta y que no hubiesen sido formuladas por el Consejo de Administración. El Presidente y el Secretario del Consejo de Administración o el Presidente y el Secretario de la Junta General de accionistas desde su constitución, y las personas en quienes cualquiera de ellos delegue, gozarán de las más amplias facultades para verificar la identidad de los accionistas y sus representantes, comprobar la titularidad y legitimidad de sus derechos y comprobar y admitir la validez y eficacia del documento o medio acreditativo de la asistencia o representación. Tanto para los casos de representación voluntaria como para los de representación legal, no se podrá tener en la Junta General más de un representante. Por excepción, las entidades que aparezcan legitimadas como accionistas en virtud del registro contable de las acciones pero que actúen por cuenta de diversas personas podrán, sin limitación, delegar el voto a cada uno de los titulares indirectos o a terceros designados por estos. Asimismo, dichas entidades podrán en todo caso fraccionar el voto y ejercitarlo en sentido divergente en cumplimiento de instrucciones de voto diferentes, si así las hubieran recibido, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de la Junta General. La representación es siempre revocable. Como regla general, se tendrá por válida la última actuación realizada por el accionista antes de la celebración de la Junta, en el sentido de que la última delegación revoca todas las anteriores. En todo caso, la asistencia personal a la Junta General del representado tendrá valor de revocación de la representación. Asimismo, las delegaciones realizadas con anterioridad a la emisión del voto a distancia se entenderán revocadas y las conferidas con posterioridad se tendrán por no efectuadas. La representación quedará igualmente sin efecto por la enajenación de las acciones de que tenga conocimiento la Sociedad. Si el documento que contiene la representación no se indicase la persona concreta a la que el accionista confiere su representación, ésta se considerará otorgada a favor del Presidente del Consejo de Administración, o de su Vicepresidente (en caso de existir varios, la sustitución se producirá según su orden) o del Secretario del Consejo, por este orden, en caso de ausencia de los mismos, o, indistintamente, a favor del Director General Corporativo. Igualmente, cuando el representante estuviera en situación de conflicto de interés y en el documento de representación no se hubieran impartido instrucciones precisas, la representación se entenderá atribuida a la persona que corresponda de las mencionadas siguiendo el orden en el que han sido relacionadas. En todo caso, a falta de instrucciones de voto, el nuevo representante deberá votar en el sentido que considere más favorable para los intereses de la Sociedad y del representado. El representante podrá tener la representación de más de un accionista sin limitación en cuanto al número de accionistas representados. Cuando un representante tenga representaciones de varios accionistas, podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista. En todo caso, el número de acciones representadas se computará para la válida constitución de la Junta. 1.- Conflicto de intereses del representante: Antes de su nombramiento, el representante deberá informar con detalle al accionista de si existe situación de conflicto de intereses. Si el conflicto fuera posterior al nombramiento y no se hubiese advertido al accionista representado de su posible existencia, deberá informarle de ello inmediatamente. En ambos casos, de no haber recibido nuevas instrucciones de voto precisas para cada uno de los asuntos sobre los que el representante tenga que votar en nombre del accionista, deberá abstenerse de emitir el voto. En particular, puede existir un conflicto de intereses cuando el representante se encuentre en alguna de estas situaciones: (a) Que sea un accionista de control de la Sociedad o una entidad controlada por él. (b) Que sea un miembro del órgano de administración, de gestión o de supervisión de la Sociedad o del accionista de control o de una entidad controlada por éste. (c) Que sea un empleado o un auditor de la Sociedad, del accionista de control o de una entidad controlada por éste. (d) Que sea una persona física vinculada con las anteriores. Se considerarán personas físicas vinculadas: el cónyuge o quien lo hubiera sido dentro de los dos años anteriores, o las personas que convivan con análoga relación de afectividad o hubieran convivido habitualmente dentro de los dos años anteriores, así como los ascendientes, descendientes y hermanos y sus cónyuges respectivos. 2.- Solicitud pública de representación: Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Sociedades de Capital, en el caso de que los propios administradores, las entidades depositarias de los títulos o las encargadas del registro de anotaciones en cuenta soliciten la representación para sí o para otro y, en general, siempre que la solicitud se formule de forma pública, el documento en que conste el poder deberá contener o llevar anejo el orden del día, así como la solicitud de instrucciones para el ejercicio del derecho de voto y la indicación del sentido en que votará el representante en caso que no se impartan instrucciones precisas. Por excepción, el representante podrá votar en sentido distinto cuando se presenten circunstancias ignoradas en el momento del envío de las instrucciones y se corra el riesgo de perjudicar los intereses del representado. En caso de voto emitido en sentido distinto a las instrucciones, el representante deberá informar inmediatamente al representado, por medio de escrito en que explique las razones del voto. Se entenderá que ha habido solicitud pública cuando una misma persona ostente la representación de más de tres accionistas. 3.- Ejercicio del derecho de voto por administrador en caso de solicitud pública de representación: Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, en el caso de que los administradores, u otra persona por cuenta o en interés de cualquiera de ellos, hubieran formulado solicitud pública de representación, el administrador, antes de su nombramiento como representante, deberá informar con detalle al accionista de si existe situación de conflicto de intereses. Si el conflicto fuera posterior al nombramiento y no se hubiese advertido al accionista representado de su posible existencia, deberá informarle de ello inmediatamente. En ambos casos, de no haber recibido nuevas instrucciones de voto precisas para cada uno de los asuntos sobre los que el administrador tenga que votar en nombre del accionista conforme a lo dispuesto en el artículo 523 de la Ley de Sociedades de Capital, deberá abstenerse de emitir el voto. En todo caso, se entenderá que el administrador se encuentra en conflicto de intereses respecto de las siguientes decisiones: (a) Su nombramiento, reelección o ratificación como administrador. (b) Su destitución, separación o cese como administrador. (c) El ejercicio contra él de la acción social de responsabilidad. (d) La aprobación o ratificación, cuando proceda, de operaciones de la Sociedad con el administrador de que se trate, sociedades controladas por él o a las que represente o personas que actúen por su cuenta. La delegación podrá también incluir aquellos puntos que, aun no previstos en el orden del día de la convocatoria, sean tratados, por así permitirlo la ley, en la Junta, aplicándose también en estos casos lo previsto anteriormente en el caso de conflicto de intereses. 4.- Nombramiento o revocación del representante por el accionista por medios de comunicación a distancia. Notificación a la Sociedad: El nombramiento o revocación del representante por el accionista y la notificación del nombramiento o revocación a la Sociedad podrán realizarse por escrito o por medios electrónicos que garanticen debidamente la identidad del representado y del representante. Para su validez, la representación conferida por cualquiera de los citados medios habrá de recibirse por la Sociedad antes de las veinticuatro horas anteriores del día previsto para la celebración de la Junta en primera convocatoria. Se recuerda la posibilidad de otorgar la representación por medios de comunicación a distancia en el Presidente de la Junta General. 4.1. Nombramiento o revocación del representante por correo postal: Los accionistas podrán utilizar a estos efectos los formularios originales que les remitan las entidades depositarias de los títulos con motivo de la convocatoria de la Junta General. Así mismo, en la página web corporativa, www.grupoacs.com, dispondrán de modelos de nombramiento o revocación del representante en un formato que permita su impresión, pudiendo solicitar a la Sociedad el envío inmediato y gratuito de estos formularios por correo postal o electrónico. Una vez cumplimentado y firmado, el formulario podrá enviarse junto con una fotocopia del DNI (o documento acreditativo equivalente) del accionista por correo postal a la siguiente dirección: ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A., Secretaría General, Avenida de Pío XII número 102, 28036 Madrid, España. 4.2. Nombramiento o revocación del representante por medios electrónicos: El nombramiento o revocación del representante por medios electrónicos y su notificación a la Sociedad se realizarán a través de una plataforma instalada en la página web de la Sociedad, www.grupoacs.com, que estará activa a partir de la fecha de publicación de la convocatoria de la Junta General. Para poder acceder al sistema y utilizar sus aplicaciones, los accionistas deberán registrarse como Usuario Registrado acreditando tanto su identidad como la condición de accionista mediante la cumplimentación del correspondiente formulario de alta y de acuerdo con los Términos y Condiciones descritos en la página web de la Sociedad. En el caso de accionistas personas jurídicas, la persona física representante deberá acreditar, en cada caso, su representación mediante la cumplimentación del correspondiente formulario de alta y de acuerdo con los Términos y Condiciones descritos en la página web de la Sociedad. La identidad de las personas físicas que deseen acceder al sistema como accionistas o representantes de personas jurídicas que fueren accionistas, se acreditará mediante: (i) El Documento Nacional de Identidad Electrónico, o (ii) El certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Los accionistas cuyos datos ya constaren en los registros de la Sociedad a la fecha de publicación del anuncio de convocatoria de la Junta, serán reconocidos de forma automática por el sistema, una vez hayan acreditado su identidad por los medios indicados en los apartados anteriores. Los accionistas cuyos datos aun no constaren en los registros de la Sociedad a la fecha de publicación del anuncio de convocatoria de la Junta, podrán acreditarla mediante la remisión, a través de la aplicación y siguiendo el procedimiento allí descrito, de una copia digital del original del documento nominativo emitido con ocasión de la convocatoria de la Junta General por la entidad financiera donde el accionista sea titular de la cuenta de valores, o de un certificado de legitimación, emitido con arreglo a lo dispuesto en la normativa reguladora del mercado de valores. Una vez acreditadas la identidad y condición de accionista de la Sociedad por los medios anteriormente indicados, se autorizará el acceso del usuario al sistema, dándole de alta como Usuario Registrado, para lo que le remitirán las claves de acceso a la dirección de correo electrónico que el usuario hubiere facilitado a estos efectos. El acceso al sistema por parte de los Usuarios Registrados queda condicionado al mantenimiento, en todo momento, de la condición de accionista. Si la Sociedad tuviese en algún momento dudas razonables sobre el cumplimiento de estas condiciones por algún Usuario Registrado, podrá requerirle para que acredite el mantenimiento de dichas condiciones, pudiendo solicitar, a estos efectos, la aportación de todos los medios de prueba que considere necesarios. V. Voto anticipado por medios de comunicación a distancia. Los accionistas podrán votar anticipadamente por medios de comunicación a distancia, siendo tenidos en cuenta, a efectos de constitución de la Junta, como presentes. El voto anticipado por medios de comunicación a distancia podrá ejercitarse por el accionista por correo postal o por medios electrónicos. 1.- Voto anticipado a distancia por correo postal. El voto de las propuestas sobre puntos comprendidos en el orden del día de la Junta General podrá ejercitarse por correo postal siempre que se garantice debidamente la identificación del accionista. Los accionistas podrán utilizar a estos efectos los formularios originales que les remitan las entidades depositarias de los títulos con motivo de la convocatoria de la Junta General. Asimismo, en la página web corporativa, www.grupoacs.com, dispondrán del modelo de formulario de emisión del voto por correo postal en un formato que permita su impresión, pudiendo solicitar a la Sociedad el envío inmediato y gratuito de este formulario por correo postal o electrónico. Una vez cumplimentado y firmado, el formulario podrá enviarse junto con una fotocopia del DNI (o documento acreditativo equivalente) del accionista por correo postal a la siguiente dirección: ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A., Secretaría General, Avenida de Pío XII número 102, 28036 Madrid, España. 2.- Voto anticipado a distancia por medios electrónicos. El voto anticipado a distancia por medios electrónicos se ejercitará a través de una plataforma instalada en la página web de la Sociedad, www.grupoacs.com, que estará activa a partir de la fecha de publicación de la convocatoria de la Junta General. Para poder acceder al sistema y utilizar sus aplicaciones, los accionistas deberán registrarse como Usuario Registrado acreditando tanto su identidad como la condición de accionista mediante la cumplimentación del correspondiente formulario de alta y de acuerdo con los Términos y Condiciones descritos en la página web de la Sociedad. En el caso de accionistas personas jurídicas, la persona física representante deberá acreditar, en cada caso, su representación mediante la cumplimentación del correspondiente formulario de alta y de acuerdo con los Términos y Condiciones descritos en la página web de la Sociedad. La identidad de las personas físicas que deseen acceder al sistema como accionistas o representantes de personas jurídicas que fueren accionistas, se acreditará mediante: (i) El Documento Nacional de Identidad Electrónico o (ii) El certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Los accionistas cuyos datos ya constaren en los registros de la Sociedad a la fecha de publicación del anuncio de convocatoria de la Junta, serán reconocidos de forma automática por el sistema, una vez hayan acreditado su identidad por los medios indicados en los apartados anteriores. Los accionistas cuyos datos aun no constaren en los registros de la Sociedad a la fecha de publicación del anuncio de convocatoria de la Junta, podrán acreditarla mediante la remisión, a través de la aplicación y siguiendo el procedimiento allí descrito, de una copia digital del original del documento nominativo emitido con ocasión de la convocatoria de la Junta General por la entidad financiera donde el accionista sea titular de la cuenta de valores, o de un certificado de legitimación, emitido con arreglo a lo dispuesto en la normativa reguladora del mercado de valores. Una vez acreditadas la identidad y condición de accionista de la Sociedad por los medios anteriormente indicados, se autorizará el acceso del usuario al sistema, dándole de alta como Usuario Registrado, para lo que se le remitirán las claves de acceso a la dirección de correo electrónico que el usuario hubiere facilitado a estos efectos, momento a partir del cual el accionista podrá emitir su voto. El acceso al sistema por parte de los Usuarios Registrados queda condicionado al mantenimiento, en todo momento, de la condición de accionista. Si la Sociedad tuviese en algún momento dudas razonables sobre el cumplimiento de estas condiciones por algún Usuario Registrado, podrá requerirle para que acredite el mantenimiento de dichas condiciones, pudiendo solicitar, a estos efectos, la aportación de todos los medios de prueba que considere necesarios. El accionista que ejercitare esta modalidad de voto podrá votar los puntos del orden del día que en el momento en que ejercitare su voto anticipado a distancia hubieren sido objeto de publicación como complemento de convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 519.1 de la Ley de Sociedades de Capital o las propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la Junta convocada, según lo dispuesto en el artículo 519.3 de la Ley de Sociedades de Capital, que se irán publicando, en su caso, en la página web corporativa a medida que se vayan recibiendo. El accionista que ejercitare el voto anticipado por medios de comunicación a distancia no podrá formular ruegos y/o preguntas ni podrá fundamentar el sentido de su voto. 3.- Reglas comunes respecto al voto anticipado emitido por correo postal y por medios electrónicos. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 27.5 del Reglamento de la Junta General, el voto emitido por cualquiera de los medios previstos en los apartados anteriores habrá de recibirse por la Sociedad antes de las 24 horas del día inmediatamente anterior al previsto para la celebración de la Junta General de Accionistas en primera o en segunda convocatoria, según corresponda. El voto anticipado emitido por medios de comunicación a distancia quedará sin efecto en los términos previstos legalmente y en la normativa interna de la Sociedad y, en este sentido: (a) Por revocación posterior y expresa efectuada por el mismo medio empleado para la emisión y dentro del plazo establecido para esta. (b) Por asistencia a la reunión del accionista que lo hubiera emitido.(c) Por la enajenación de las acciones, con anterioridad a la celebración de la Junta, de la que tenga conocimiento la Sociedad. Si en la emisión del voto por medios de comunicación a distancia no se incluyeran instrucciones expresas, o sólo se incluyeran respecto de algunos de los puntos del orden del día de la convocatoria, se entenderá, salvo indicación expresa en contrario del accionista, que el voto se refiere a todos los puntos comprendidos en el orden del día de la convocatoria de la Junta General de Accionistas y que se pronuncia a favor de las propuestas formuladas por el Consejo de Administración. Desde la publicación del anuncio de convocatoria y hasta la celebración de la Junta General, la Sociedad publicará ininterrumpidamente en su página web www.grupoacs.com y remitirá de forma inmediata y gratuita a los accionistas que así lo soliciten, los formularios precisos para la revocación del voto anticipado a distancia emitido. VI. Asistencia Telemática a la Junta General. Los accionistas que tengan derecho de asistencia y sus representantes podrán asistir a la Junta General a través de medios telemáticos. Para garantizar la identidad de los asistentes, el correcto ejercicio de sus derechos, la interactividad en tiempo real y el adecuado desarrollo de la reunión, los accionistas que deseen asistir a la Junta General, personalmente o por medio de representante, deberán acceder a través del enlace habilitado al efecto en la página web de la Sociedad, www.grupoacs.com, denominado "Asistencia telemática", a la página web de asistencia telemática https://www.juntaaccionistas.com/ACS-AccesoTelematico/, en los términos previstos en el apartado 1 siguiente. Una vez que el accionista o su representante haya accedido al enlace "Asistencia telemática", podrá asistir y votar en la Junta a través de medios de comunicación a distancia en tiempo real. Asimismo, la persona que asiste telemáticamente (así como cualquier otra persona que lo desee, aunque no sea accionista) podrá seguir el acto completo de la Junta que será retransmitida en tiempo real (streaming) a través de la página web de la Sociedad, www.grupoacs.com, sin perjuicio de su grabación y difusión pública a través de dicha página web. 1.- Registro, acceso y asistencia: Con la finalidad de permitir la adecuada gestión de los sistemas de asistencia telemática, el accionista que desee asistir a la Junta y votar en tiempo real a través de medios telemáticos deberá: (a) Registrarse en el enlace "Asistencia telemática" habilitado al efecto en la página web, www.grupoacs.com, acreditando su identidad entre las 12:00 horas del día 21 de abril de 2021 y las 23:59 horas del día 5 de mayo de 2021, mediante alguno de los siguientes medios: (i) el Documento Nacional de Identidad Electrónico; (ii) un certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre; o (iii) anexando una fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte. No se admitirá el registro de asistentes fuera de este plazo. (b) Una vez se haya registrado conforme al apartado (a) anterior, el asistente deberá acreditarse como asistente telemático accediendo al enlace "Asistencia telemática" de la página web, www.grupoacs.com, entre las 09:00 horas y las 11:45 horas del día de celebración de la Junta, acreditándose mediante los medios señalados en el apartado (a) anterior. Dado que previsiblemente la Junta se reunirá en segunda convocatoria, se recomienda a los accionistas que accedan al enlace "Asistencia telemática" de la página web el día 7 de mayo de 2021. Solo los asistentes que se hubieran acreditado en el periodo indicado podrán intervenir y/o votar en la Junta General. Para que el representante pueda asistir telemáticamente a la Junta General, se deberá acreditar la delegación (salvo que la delegación se haya otorgado por medios electrónicos), y la identidad del representante ante la Sociedad, mediante remisión del formulario publicado en la página web corporativa, www.grupoacs.com, y copia del DNI, NIE o Pasaporte del representante, que habrán de recibirse por la Sociedad a la atención de la Secretaría General en la dirección: Avenida de Pío XII número 102, 28036 Madrid, o a la dirección de correo electrónico: junta2021@grupoacs.com, antes de las veinticuatro horas del día anterior al previsto para la celebración de la Junta en primera convocatoria. Sin perjuicio de la referida acreditación, los representantes deberán además registrarse en el enlace "Asistencia telemática" habilitado al efecto en la página web, www.grupoacs.com, y acreditarse como asistentes telemáticos en los mismos términos previstos en los apartados (a) y (b) anteriores en relación con los accionistas. La Sociedad se reserva el derecho de solicitar a los accionistas los medios de identificación adicionales que considere necesarios para comprobar su condición de accionistas y garantizar la autenticidad del voto o la delegación. 2.- Ejercicio de los derechos de intervención, información y propuesta en caso de asistencia telemática: Los accionistas o sus representantes que, en ejercicio de sus derechos, pretendan intervenir por medios telemáticos en la Junta y, en su caso, solicitar informaciones o aclaraciones en relación con los puntos del orden del día, solicitar aclaraciones sobre la información accesible al público que la Sociedad hubiese facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General o acerca del informe del auditor o realizar las propuestas que permita la Ley, deberán formular por escrito y remitir su intervención, pregunta o propuesta enviando una comunicación electrónica con su intervención o anexando su intervención escrita a través del enlace "Asistencia telemática" habilitado en la página web corporativa desde las 09:00 horas del día de celebración de la Junta y hasta el momento de constitución de la Junta. El asistente por medios telemáticos que desee que su intervención conste literalmente en el acta de la Junta habrá de indicarlo de forma clara y expresa en el texto de aquella. Las solicitudes de información o aclaración formuladas por los asistentes por vía telemática serán contestadas verbalmente durante la Junta General de Accionistas o por escrito, dentro de los siete días siguientes a su celebración, con arreglo a lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital. 3.- Votación: La emisión del voto por vía telemática sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el orden del día podrá realizarse desde las 09:00 horas del día de celebración de la Junta y hasta que se declare por el Presidente la conclusión del período de votación de las propuestas de acuerdo relativas a puntos comprendidos en el orden del día. Respecto a las propuestas de acuerdos sobre aquellos asuntos no comprendidos en el orden del día que se hubieran presentado en los supuestos legalmente admisibles, los asistentes por medios telemáticos podrán emitir sus votos a partir del momento en que por el Secretario de la Junta General se dé lectura a dichas propuestas y se habiliten en el enlace "Asistencia telemática" para proceder a su votación. En todo caso, el proceso de votación por vía telemática respecto de todas las propuestas sometidas a la Junta finalizará cuando, tras la lectura de los resúmenes de las propuestas de acuerdo por el Secretario de la Junta, se declare por el Presidente la conclusión del período de votación de las propuestas de acuerdo. 4.- Abandono de la reunión: El asistente por medios telemáticos que desee manifestar su abandono expreso de la Junta, deberá hacerlo enviando una comunicación electrónica a través del enlace "Asistencia telemática" habilitado en la página web corporativa. Una vez comunicada su voluntad expresa de abandonar la reunión, se tendrán por no realizadas todas las actuaciones que efectúe con posterioridad. 5.- Otras cuestiones: La asistencia telemática de los accionistas prevalecerá sobre los votos emitidos anticipadamente a distancia y los poderes de representación otorgados con anterioridad a la celebración de la Junta General. La Sociedad se reserva el derecho a adoptar las medidas pertinentes en relación con los mecanismos de asistencia telemática a la Junta cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran o impongan. La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista o representante derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan ocasionalmente la utilización de los mecanismos de asistencia telemática a la Junta o la falta de disponibilidad ocasional de su página web, sin perjuicio de que se adopten las medidas que cada situación requiera, entre ellas, la eventual suspensión temporal o prórroga de la Junta General Ordinaria si ello fuese preciso para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos por los accionistas o sus representantes. VII. Instrumentos especiales de información. Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 de Reglamento de la Junta General y 539 de la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad dispone de una página web, www.grupoacs.com, para atender el ejercicio, por parte de los accionistas, del derecho de información, y para difundir la información relevante exigida por la legislación sobre el mercado de valores. En la página web de la Sociedad se habilitará un Foro Electrónico de Accionistas, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales, como las asociaciones voluntarias que, al amparo de lo previsto en la LSC, puedan constituirse, con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la celebración de la Junta General Ordinaria. En la página web de la Sociedad estarán disponibles las Normas de Funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas, aprobadas por el Consejo de Administración, que serán de obligado cumplimiento para los accionistas. VIII. Protección de datos de carácter personal. En virtud de la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal, se informa a los accionistas de que, con ocasión de la Junta General convocada mediante la presente, sus datos personales serán tratados por ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A., para posibilitar los derechos y obligaciones legales derivados de la relación contractual mantenida en el ámbito de la Junta General de Accionistas de la Sociedad. Los datos personales pueden haber sido facilitados a ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A., por los accionistas o sus representantes legales, así como por bancos o Sociedades y Agencias de Valores en las que tengan depositadas sus acciones o de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, Iberclear. Las categorías de datos tratados para la finalidad descrita son: Identificativos, económicos y financieros y de otro tipo (cuentas de valores, número de referencia de accionista, nombre del banco, número de cuenta y código de clasificación, así como los detalles de cualquier apoderamiento). Los accionistas o sus representantes podrán ejercitar, bajo los supuestos amparados en la Ley, los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, derecho a la limitación del tratamiento y derecho a la portabilidad de los datos dirigiéndose a ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A., Avenida Pío XII, número 102, 28036 Madrid, o al correo electrónico pdd@grupoacs.com (Ref. Protección de Datos). Se pueden obtener formularios al efecto así como más información sobre el tratamiento de sus datos en el siguiente enlace: https://www.grupoacs.com/proteccion-de-datos/sus-datos-personales/ ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A., en su condición de responsable del tratamiento, informa de la adopción de las medidas de seguridad legalmente exigidas en sus instalaciones y sistemas. Asimismo, el responsable del tratamiento garantiza la confidencialidad de los datos personales, aunque revelará a las autoridades públicas competentes los datos personales y cualquier otra información que esté en su poder o sea accesible a través de sus sistemas y sea requerida de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias aplicadas, así como previo requerimiento judicial. IX. Intervención de Notario. En aplicación del artículo 203.1 de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejo de Administración ha acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta. X. Información general. Para cualquier aclaración o información adicional, los accionistas pueden dirigirse a la "Oficina de atención al accionista" a través de los siguientes medios: - Dirección postal: ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A., Secretaría General, Avenida de Pío XII, número 102, 28036 Madrid, España. - Teléfono: 900-460-255. Fax: 900-460-258. - Dirección de correo electrónico: junta2021@grupoacs.com.
Madrid, 31 de marzo de 2021.- El Consejero Secretario del Consejo de Administración, José Luis del Valle Pérez.
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