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Anuncio de fusión por absorción.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que las Juntas generales de accionistas de Unicaja Banco, S.A., y Liberbank, S.A., celebradas el 31 de marzo de 2021, aprobaron la fusión por absorción de Liberbank, S.A., por Unicaja Banco, S.A., que producirá la extinción, vía disolución sin liquidación, de Liberbank, S.A., y el traspaso en bloque a título universal de su patrimonio a Unicaja Banco, S.A., que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de Liberbank, S.A.
La eficacia de la fusión está sujeta suspensivamente a la obtención de determinadas autorizaciones administrativas.
El acuerdo de fusión ha sido aprobado en los términos previstos en el proyecto común de fusión suscrito por los consejos de administración de las sociedades participantes en la fusión el 29 de diciembre de 2020, que quedó insertado en las páginas web de Unicaja Banco, S.A. (www.unicajabanco.com) y Liberbank, S.A. (https://corporativo.liberbank.es/), en esa misma fecha, con posibilidad de ser descargado e imprimido. El hecho de la inserción se hizo constar mediante sendos anuncios publicados en el Boletín Oficial del Registro Mercantil el 12 de enero de 2021, respecto de la página web de Unicaja Banco, S.A., y el 21 de enero de 2021, respecto de la de Liberbank, S.A.
De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión de cada una de las mencionadas sociedades (sustituido en ambos casos por el informe financiero semestral a 30 de junio de 2020, al amparo del artículo 36.3 de la LME), los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales y en las páginas web de Unicaja Banco, S.A. (www.unicajabanco.com) y Liberbank, S.A. (https://corporativo.liberbank.es/).
Igualmente, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que corresponde a los acreedores y obligacionistas de las sociedades que se fusionan cuyos créditos no se hallen suficientemente garantizados en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.
Málaga y Madrid, 5 de abril de 2021.- La Secretaria del Consejo de Administración de Unicaja Banco, S.A., Teresa Sáez Ponte.- El Secretario del Consejo de Administración de Liberbank, S.A., Jesús María Alcalde Barrio.
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