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Documento BORME-C-2021-1443

PIONEER HI - BRED SPAIN, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PIONEER HI - BRED AGROSERVICIOS SPAIN, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 67, páginas 1928 a 1928 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-1443

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (Ley de Modificaciones Estructurales), se hace público que el día 9 de abril de 2021, el socio único de las sociedades "Pioneer Hi – Bred Spain, Sociedad Limitada Unipersonal" y "PIioneer Hi – Bred Agroservicios Spain, Sociedad Limitada Unipersonal", decidió la fusión por absorción de la sociedad "Pioneer Hi - Bred Agroservicios Spain, Sociedad Limitada Unipersonal", por la sociedad "Pioneer Hi - Breed Spain, Sociedad Limitada Unipersonal", con la consiguiente disolución y extinción de la primera, así como la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los elementos del activo y pasivo, así como los derechos y obligaciones de la Absorbida.

La fusión se realizó de forma simplificada, sin necesidad de informe de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión de conformidad al artículo 49 Ley de Modificaciones Estructurales por remisión del artículo 52 Ley de Modificaciones Estructurales al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida están íntegramente participadas por el mismo socio único. Con arreglo al artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales, la fusión se adoptó sin necesidad de publicar o depositar previamente el proyecto común de fusión, y sin informe de los administradores al ser acordada de forma unánime por el socio único de ambas sociedades.

Se han utilizado como balance de fusión los de ambas sociedades participantes, cerrados a 31 de diciembre de 2020, aprobados previamente por el socio único de ambas sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener de manera gratuita el texto íntegro del acuerdo y los balances de fusión. Igualmente se informa a los acreedores de las sociedades que se fusionan de su derecho de oposición en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

La Rinconada (Sevilla), 9 de abril de 2021.- El Administrador único de "Pioneer Hi – Bred Spain, Sociedad Limitada Unipersonal" y de "Pioneer Hi – Bred Agroservicios Spain, Sociedad Limitada Unipersonal", Manuel Melgarejo Armada.

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