Se hace constar que por Decisión de socio único de las citadas sociedades, celebradas el 26 de abril de 2021, se acordó la escisión total de la entidad TRC-95, S.L.U., que se extinguirá, sin liquidación, con división de todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque por sucesión universal a NOUCHE GESTIÓN PATRIMONIAL, S.L.U., y P.R. 90, S.L.U., como entidades beneficiarias de la escisión, en los términos y demás condiciones previstos en el Proyecto de Escisión Total, suscrito por la administradora única de las sociedades intervinientes en la operación.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión total a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la escisión toral.
Ordes (A Coruña), 26 de abril de 2021.- La Administradora única de TRC-95, Sociedad Limitada Unipersonal, PR 90, Sociedad Limitada Unipersonal, y Nouche Gestión Patrimonial, Sociedad Limitada Unipersonal, Aurora Nouche Mosquera.
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