Está Vd. en

Documento BORME-C-2021-214

ALFA 87, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LOSADA 97, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 12, páginas 249 a 249 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-214

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que las Juntas Generales de partícipes de la sociedad Alfa 87, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente) y Losada 97, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbida), reunidas con carácter extraordinario y universal, ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, han adoptado, con fecha 21 de diciembre de 2020, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Losada 97, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha de 19 diciembre de 2020, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49, al tratarse de fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la sociedad absorbida. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión y (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente. La fusión se ha aprobado sobre los balances cerrados a 30 de noviembre de 2020, aprobados previamente por unanimidad y con efectos 30 de noviembre de 2020. Los acuerdos de fusión en ambas sociedades se adoptaron por unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la fusión, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Madrid, 22 de diciembre de 2020.- El Administrador único de Alfa 87, S.L., José Domingo Rodríguez González.- El Administrador único de Losada 97, S.L., José Domingo Rodríguez Losada.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid