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Documento BORME-C-2021-2677

LANDENE GESTIÓN CORPORATIVA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
UXONA IBÉRICA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 90, páginas 3430 a 3430 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-2677

TEXTO

De conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que Landene Gestión Corporativa, Sociedad Limitada, en su calidad de accionista único de Uxona Ibérica, Sociedad Limitada ha adoptado por unanimidad, con fecha 23 de abril de 2021 en Junta General Extraordinaria y Universal, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Uxona Ibérica, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de ésta y adquisición por sucesión universal de su patrimonio.

El Acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los administradores de ambas sociedades con fecha 1 de abril de 2021.

Asimismo, se hace constar que se trata de una fusión por absorción prevista en el artículo 23.2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, y simplificada de conformidad con el artículo 49 de la misma Ley, al tratarse de una fusión de sociedades íntegramente participadas.

Se hace constar que de acuerdo con el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el Acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto común de fusión.

En atención a lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de Acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Madrid, 11 de mayo de 2021.- Ainhoa Ana Echazarra de Gregorio, Administradora única de Landene Gestión Corporativa, Sociedad Limitada.-, Francisco Moreno Vigara, Administrador único de Uxona Ibérica, Sociedad Limitada.

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