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Documento BORME-C-2021-3097

JESÚS GÓMEZ, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FLOR DE MAYO BELLEZA Y AMBIENTE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 94, páginas 3927 a 3927 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-3097

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantil es (en lo sucesivo la "LME"), se hace público que, con fecha 26 de abril de 2021, las respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Jesús Gómez, S.L. (sociedad absorbente), y de la entidad Flor de Mayo Belleza y Ambiente, S.L. (sociedad absorbida), acordaron, por unanimidad, aprobar la fusión por absorción de Flor de Mayo Belleza y Ambiente, S.L., por parte de Jesús Gómez, S.L., y, en consecuencia, la disolución sin liquidación de aquella y la transmisión en bloque, por sucesión universal, de todo su patrimonio, derechos y obligaciones a Jesús Gómez, S.L., según los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión.

La operación se estructura y enmarca dentro de la fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión que se regula en el artículo 42 de la LME.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión por Absorción, redactado y suscrito por los Órganos de Administración de ambas sociedades, y que ha sido aprobado por unanimidad por los socios de las dos sociedades intervinientes, no siendo en este caso preceptivo su depósito previo en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de los administradores ni del informe de experto sobre el Proyecto Común de Fusión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión a obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los balances de fusión.

Asimismo, se hace constar expresamente que los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Rafelbuñol, 10 de mayo de 2021.- EI Administrador único de Jesús Gómez, S.L., Ángel Palamós Aguilar.- La Administradora única de Flor de Mayo Belleza y Ambiente, S.L., María Jesús Gómez Molins.

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