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Documento BORME-C-2021-3366

AKTUA SOLUCIONES FINANCIERAS HOLDINGS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AKTUA SOLUCIONES INMOBILIARIAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 96, páginas 4257 a 4257 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-3366

TEXTO

Anuncio de fusión

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que, en fecha 14 de mayo de 2021, los socios de la sociedad Aktua Soluciones Financieras Holdings, S.L. ("Sociedad Absorbente") se reunieron en Junta General Extraordinaria y Universal en la cual aprobaron la fusión por absorción mediante la cual la sociedad, AKTUA SOLUCIONES INMOBILIARIAS, S.L.U. ("Sociedad Absorbida"), será disuelta sin liquidación mediante la transmisión en bloque de todo su patrimonio junto con sus derechos y obligaciones, a título de sucesión universal, a la Sociedad Absorbente.

Todo ello de conformidad con el proyecto común de fusión de fecha 14 de mayo de 2021, (en adelante, el "Proyecto Común"), redactado por los órganos de administración de todas las sociedades participantes en la fusión, el cual no ha sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid puesto que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.1 de la LME, se han cumplido con los requisitos de universalidad y unanimidad en la adopción del acuerdo de fusión por la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la Sociedad Absorbente, no siendo necesario el requisito de depósito del Proyecto Común en el Registro Mercantil. Se manifiesta que la fusión se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la LME, por tratarse de una fusión simplificada, donde la Sociedad Absorbente es titular de la totalidad de las participaciones de la Sociedad Absorbida. Asimismo, dicho Proyecto Común ha sido puesto a disposición de todas aquellas partes interesadas en los correspondientes domicilios sociales de las sociedades. Adicionalmente, se hace constar que los balances de fusión de ambas sociedades han sido cerrados a fecha 31 de diciembre de 2020, debidamente aprobados y auditados, siendo la fecha de efectos contables el 1 de enero de 2021.

De conformidad con el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener gratuitamente el texto íntegro de las decisiones acordadas y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores en los términos del artículo 44 de la LME.

Madrid, 21 de mayo de 2021.- El Secretario no Consejero, D. Carlos Adolfo Ruiz Cabrera.

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