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Documento BORME-C-2021-337

KIVET VETERINARIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CLINICANIMAL CLÍNICAS VETERINARIAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 19, páginas 408 a 408 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-337

TEXTO

Anuncio de acuerdo de fusión.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de Abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME") se hace público que el Socio Único de KIVET VETERINARIA, S.L.U. (en adelante, "Sociedad Absorbente"), y el Socio Único de CLINICANIMAL CLÍNICAS VETERINARIAS, S.L. (en adelante "Sociedad Absorbida"), el día 27 de enero de 2021 decidieron aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, siendo por tanto de aplicación lo previsto en el artículo 42 LME.

Dicha fusión por absorción se aprobó con las menciones recogidas en el Proyecto de Fusión, redactado y suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades el 30 de septiembre de 2020. Asimismo se aprobó como balance de fusión de las sociedades intervinientes el cerrado a fecha 31 de marzo de 2020.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.7.º LME y en el Plan General de Contabilidad, se hace constar que la fecha a partir de la cual la fusión tendrá efectos contables será desde el 1 de abril de 2020.

Esta operación es una fusión especial, sometida al régimen del art. 49 LME, que implicará la extinción de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Este proceso de integración se desarrolla sin aumento del capital ni relación de canje, ni en consecuencia, intervención de experto. Tampoco serán necesarios ni los informes de administración ni de expertos sobre el Proyecto de Fusión. La presente fusión se acogerá al régimen tributario establecido en el Título VII, capítulo VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.

Del mismo modo, se hace constar expresamente el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, corresponde a los acreedores y obligacionistas de las sociedades fusionadas en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 28 de enero de 2021.- El Administrador único de Kivet Veterinaria, S.L.U. (Sociedad Absorbente), Juan Felipe Leiva Flores.- Iskay Pet, S.L., Administrador único de Clinicanimal Clínicas Veterinarias, S.L. (Sociedad Absorbida), y en su representación, Juan Felipe Leiva Flores.

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