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Documento BORME-C-2021-34

NITYA INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
IRDIN AUTOMOTIVE, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 2, páginas 35 a 35 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-34

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME") se hace público que la decisión del socio único de NITYA INVERSIONES, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), celebrada el día 22 de diciembre de 2020, la decisión el socio único de IRDIN AUTOMOTIVE S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), adoptada a el día 22 de diciembre de 2020, han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera en los términos establecidos en el proyecto común de fusión, suscrito en fecha 10 de diciembre de 2020, por todos los miembros de los órganos de administración de las Sociedades a Fusionar.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de las Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Se han utilizado como Balances de fusión el cerrado por la Sociedad Absorbente y las absorbidas en fecha 30 de septiembre de 2020.

En la medida en que las Sociedades a Fusionar son sociedades de responsabilidad limitada, y que el acuerdo de fusión por unanimidad, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los Balances de fusión, y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 LME, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Villanueva de la Serena, 29 de diciembre de 2020.- Administradora única, María Ángeles Mejías Gálvez.

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