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Documento BORME-C-2021-340

CASA PASTOR, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
MALFRA, S.A.
PRIMETIME GLOBAL, S.L.
CASA PASTOR, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 19, páginas 411 a 411 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-340

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), por remisión del artículo 73.1 de la misma norma, se hace público la aprobación del acuerdo de escisión total de CASA PASTOR, S.A., adoptado en Junta General extraordinaria y universal celebrada el día 23 de enero de 2021, por unanimidad, de los accionistas de CASA PASTOR, S.A. (sociedad escindida), y de MALFRA S.A. (una de las sociedades beneficiarias de la escisión), con la consiguiente disolución sin liquidación de CASA PASTOR, S.A., adquiriendo las sociedades beneficiarias por sucesión universal la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones integrantes de la parte del patrimonio escindido que respectivamente se les ha atribuido. Son sociedades beneficiarias de la escisión la sociedad preexistente MALFRA, S.A., y dos sociedades que se constituirán simultáneamente a consecuencia de la escisión total denominadas "PRIMETIME GLOBAL, S.L." y " CASA PASTOR, S.L.". No existen en la sociedad escindida ni en las participantes obligacionistas ni ninguna clase de acciones especiales o privilegiadas, ni persona que tenga derechos especiales distintos de las acciones o participaciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los Administradores de las sociedades intervinientes en la Fusión.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades, así como a los representantes de los trabajadores, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del Proyecto de Escisión total, del informe de los administradores y del Balance de escisión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la escisión total en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Ceuta, 23 de enero de 2021.- El Secretario del Consejo de Administración, Manuel Pastor Mateo.

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