Está Vd. en

Documento BORME-C-2021-3631

CLÍNICA VETERINARIA J. PRAT MORERA, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
ESPAI VETERINARI PRAT, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA EN CONSTITUCIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 4570 a 4570 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-3631

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial de rama de actividad

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de socios de la mercantil "Clinica Veterinaria J. Prat Morera, S.L.", celebrada con carácter de universal el día 30 de abril de 2021, se aprobó́, por unanimidad, la escisión parcial de la rama de actividad de consulta veterinaria que se venía desarrollando en la sociedad escindida parcialmente de forma autónoma, aportando dicha rama de actividad a la sociedad beneficiaria, la cual adquiere por sucesión a título universal los derechos y obligaciones derivados de la rama de actividad escindida.

El acuerdo de escisión parcial se ha adoptado con base en el Proyecto de Escisión Parcial de Rama de Actividad formulado por el Administrador único de la sociedad escindida parcialmente y aprobado por Junta General Extraordinaria y universal, de forma unánime, con fecha 30 de abril de 2021, sirviendo de base el balance cerrado a 31 de diciembre de 2020, aprobado igualmente de forma unánime por la citada Junta General Extraordinaria y universal. En el acuerdo de escisión parcial adoptado y conforme al proyecto, consta el detalle de los elementos del activo y pasivo que componen la rama de actividad escindida que se transmiten a la sociedad beneficiaria en constitución "Espai Veterinari Prat, S.L.", y que constituye una unidad económica autónoma.

Al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial mediante acuerdo unánime de los socios, de conformidad con lo establecido en el artículo 42, 73 y 78 bis LME no es necesario informe del órgano de Administración sobre el Proyecto de Escisión Parcial de Rama de Actividad ni informe de expertos independientes.

Asimismo, como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad "Clinica Veterinaria J. Prat Morera, S.L.", reduce su capital social, y a su vez, dicho capital reducido lo aporta para la constitución de la sociedad a capital social. Como consecuencia de ello, los socios de la sociedad que se escinde percibirán un número de participaciones de la sociedad beneficiaria equivalentes a su participación en la sociedad que se escinde parcialmente.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Escisión Parcial, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado así́ como el Balance de Escisión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de Escisión parcial de rama de actividad de oponerse a la misma durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Terrassa, 30 de abril de 2021.- El Administrador único, José Prat Morera.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid