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Documento BORME-C-2021-4095

MARICIELO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
MBM CORPORATE, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA EN CONSTITUCIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 105, páginas 5126 a 5126 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4095

TEXTO

Anuncio de escisión parcial de rama de actividad. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (Ley de Modificaciones Estructurales), por remisión del artículo 73.1 del mismo texto legal, se hace público que el 1 de junio de 2021, la totalidad de los socios de Maricielo, Sociedad Limitada, acordaron, por unanimidad, en Junta General Extraordinaria, escindir parcialmente la Sociedad Maricielo, Sociedad Limitada. El acuerdo de escisión parcial se ha adoptado con base en el Proyecto de Escisión parcial de rama de actividad formulado por el órgano de administración de la sociedad escindida y aprobado por Junta General Extraordinaria y universal, de forma unánime, a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación como consecuencia de este proceso, MBM Corporate Sociedad Limitada (sociedad a constituir en el momento de la elevación a público del acuerdo escisión), atribuyéndose a los socios de la sociedad escindida las participaciones representativas del capital social de la nueva sociedad, en idéntica proporción a la que ostentan en la sociedad escindida.

Se hace constar expresamente, el derecho que asiste a todos los socios, representantes de los trabajadores y acreedores de la sociedad Maricielo, Sociedad Limitada, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, no siendo necesario el informe de los Administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión en los términos previstos en el artículo 78 bis de la Ley de Modificaciones Estructurales. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión parcial, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, por remisión expresa de lo dispuesto en el artículo 73.1 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Ponferrada, 2 de junio de 2021.- La Administradora única, Beatriz Escudero Rubio en representación de Maricielo, Sociedad Limitada.

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