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Documento BORME-C-2021-4580

ILURO STAR D’ARA, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COMBUSTIBLES D’ARA, S.L. UNIPERSONAL
MARMESOR, S.L. UNIPERSONAL
TECNO JAPAN, S.L. UNIPERSONAL
AUTOCAT, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 116, páginas 5699 a 5700 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4580

TEXTO

Anuncio de fusión impropia por absorción.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME"), se hace público que, con fecha 31 de mayo de 2021, las respectivas Socias Únicas de "ILURO STAR D'ARA, S.L. Unipersonal", "COMBUSTIBLES D'ARA, S.L. Unipersonal", "MARMESOR, S.L. Unipersonal", "TECNO JAPAN, S.L. Unipersonal", y "AUTOCAT, S.L. Unipersonal", actuando en funciones de Junta General Extraordinaria de Socios, acordaron aprobar la fusión por absorción de "COMBUSTIBLES D'ARA, S.L. Unipersonal", "MARMESOR, S.L. Unipersonal", "TECNO JAPAN, S.L. Unipersonal", y "AUTOCAT, S.L. Unipersonal", con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de las sociedades absorbidas, que se extinguirán mediante la disolución sin liquidación y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, "ILURO STAR D'ARA, S.L. Unipersonal", todo ello en los términos del proyecto de fusión formulado y suscrito el 31 de mayo de 2021 por el Órgano de Administración de cada una de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por las respectivas Socias Únicas de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas, ejerciendo funciones de Junta General Extraordinaria de Socios.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto las sociedades absorbidas, "COMBUSTIBLES D'ARA, S.L. Unipersonal", "MARMESOR, S.L. Unipersonal", "TECNO JAPAN, S.L. Unipersonal", y "AUTOCAT, S.L. Unipersonal", están íntegramente participadas por la sociedad absorbente, "ILURO STAR D'ARA, S.L. Unipersonal", y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1. de la LME, no procede establecer ningún tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y Expertos Independientes sobre el proyecto de fusión, ni incluir en el mismo las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la mencionada LME.

En consecuencia, se procede a la disolución y extinción sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente. Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente a partir del 1 de enero de 2021.

No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades en el plazo de un (1) mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello, según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Mataró, 16 de junio de 2021.- El Administrador único de "Iluro Star d'Ara, S.L. Unipersonal", Jordi Clavel Jordà.- El Administrador único de "Combustibles d'Ara, S.L. Unipersonal", "Marmesor, S.L. Unipersonal", "Tecno Japan, S.L. Unipersonal", y "Autocat, S.L. Unipersonal", Guzmán Clavel Julio.

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