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Documento BORME-C-2021-4584

PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN, SOCIEDAD LIMITADA
UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MIGUEL Y RODRÍGUEZ, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
MYRAMAR CONSTRUCCIONES Y OBRAS, SOCIEDAD LIMITADA
UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 116, páginas 5704 a 5704 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4584

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, en fecha 3 de junio de 2021, el socio único de Plaza de la Constitución, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), y los socios únicos de Miguel y Rodríguez, S.L.U., y Myramar Construcciones y Obras, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas"), han decidido, respectivamente, aprobar la fusión de las referidas sociedades, en los exactos términos y condiciones establecidos en el proyecto común de fusión formulado por los respectivos órganos de administración de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas, en fecha 3 de junio de 2021.

La operación de fusión por absorción proyectada implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque de su patrimonio en beneficio de la Sociedad Absorbente, su extinción sin liquidación, y con aumento del capital social de la Sociedad Absorbente.

Asimismo, el socio único de la Sociedad Absorbente ha acordado adoptar la denominación social de la Sociedad Absorbida Miguel y Rodríguez, S.L.U., por lo que, en lo sucesivo, la denominación social de la Sociedad Absorbente será "Miguel y Rodríguez, S.L.U.".

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la LME, la fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la LME, al haberse adoptado la fusión por decisiones de los socios únicos de cada una de las sociedades que se fusionan.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 LME, se hace constar el derecho que asiste al socio único de la Sociedad Absorbente y al socio único de las Sociedades Absorbidas, así como a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedades Absorbidas y de la Sociedad Absorbente de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Málaga, 16 de junio de 2021.- El Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas, Miguel Rodríguez Porras.

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