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Documento BORME-C-2021-4785

FERRETERÍA Y HERRAJES GARCÍA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALRIOLS Y GARCÍA, TECNOLOGÍAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 5929 a 5929 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4785

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, por unanimidad de todos los socios de las entidades "Ferretería y Herrajes García, S.L."(Sociedad Absorbente), y de "Alriols y García, Tecnologías, S.L." (Sociedad Absorbida), en Juntas Generales Extraordinarias celebradas en sus domicilios sociales, ambas con el carácter de Universal, el 14 de junio de 2021 acordaron la fusión por absorción de "Alriols y García, Tecnologías, S.L." (Sociedad Absorbida) por parte de "Ferretería y Herrajes García, S.L."(Sociedad Absorbente), en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión de fecha 14 de junio de 2021, también aprobado por unanimidad en las Juntas celebradas el mismo día.

Estando ambas sociedades íntegramente participadas en la misma proporción del capital social, por los mismos socios, la fusión se ha llevado a cabo mediante el denominado procedimiento abreviado, realizándose sin necesidad de concurrir los requisitos establecidos en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009.

Esta operación es una fusión especial, sometida al régimen del artículo 52, apartado 1.º de la Ley 3/2009, el cual regula los supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas por los mismos socios (fusión gemelar). Esta fusión por absorción implica que la entidad Alriols y García, Tecnologías, S.L." (Sociedad Absorbida), se extinguirá traspasando en bloque su patrimonio social a "Ferretería y Herrajes García, S.L." (Sociedad Absorbente), que sucederá a título universal en la totalidad de los derechos y obligaciones a aquella, que quedará disuelta y extinguida sin liquidación como consecuencia de este proceso. La sociedad absorbente no aumentará su capital social, por no resultar preceptivo de acuerdo al artículo 49.1 de la Ley 3/2009.

Se ha considerado como balance de fusión el de ambas compañías a fecha 31 de diciembre de 2020, debidamente aprobado en las Juntas Generales Extraordinarias de Socios celebradas el día 14 de junio de 2021. A efectos contables, la fusión surtirá efecto el 1 de enero de 2021, a partir de cuyo momento las operaciones realizadas por la sociedad absorbida se entenderán realizadas en beneficio de la absorbente.

Se hace constar, expresamente, el derecho de los socios y acreedores, de cada una de las Sociedades que participan en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los socios y representantes de los trabajadores a pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos relacionados con la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 39 de la LME.

Se hace constar, asimismo, el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Binéfar (Huesca), 18 de junio de 2021.- El Administrador único de "Ferretería y Herrajes García, S.L." y de "Alriols y García, Tecnologías, S.L.", Ramón García Alriols.

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