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Documento BORME-C-2021-4931

CELISTICS HOLDINGS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 6094 a 6095 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-4931

TEXTO

La Junta General Ordinaria de CELISTICS HOLDINGS, S.A. (en adelante la "Sociedad"), celebrada en Madrid, en el domicilio social de la sociedad, el día 30 de junio de 2021, acordo por unanimidad de los presentes que representaban el 90,07% del capital social, la reducción del capital "a cero" euros y simultánea ampliación de capital en los términos que se detallan a continuación.

Al objeto de restablecer el equilibrio entre capital y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas reflejadas en la cuenta con saldo negativo, la Junta General en el ejercicio de sus competencias y a efectos de los dispuesto en los artículos 319 y, en lo menester, 334 de la Ley de Sociedades de Capital, adoptó la reducción del capital social escriturado para compensar pérdidas mediante la amortización de la totalidad de las acciones números 1 al 11.361.813 ambas inclusive de 1,00 euro de valor nominal cada una de ellas, que componen el capital social escriturado de 11.361.813,00 euros, hasta el importe de cero euros (0 €). De conformidad con lo previsto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital se realiza la reducción de capital sobre la base del balance de fecha 31 de diciembre de 2020 aprobado por la Junta General Ordinaria de accionistas, previamente verificado y auditado por la empresa KPMG Auditores, S.L. En aplicación del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, atendida la finalidad de la reducción de capital, los acreedores no podrán oponerse a la misma.

De acuerdo con los artículos 304, 343 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, la eficacia del acuerdo de reducción quedará condicionada a la ejecución del aumento de capital simultáneo mediante aportaciones dinerarias en la cuantía de sesenta mil euros (60.000,00 €), mediante la creación de 60.000 nuevas acciones de 1,00 euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1 a la 60.000, ambas inclusive, emitidas a la par, e iguales en derechos a las preexistentes. Debiendose respetar en todo caso el derecho de suscripción preferente que asiste a todos los accionistas conforme a la participación que ostentaban en el momento anterior a la reducción de capital a cero. Los accionistas, deberán realizar el ingreso en la cuenta corriente de la sociedad número ES83-0182-2336-23-0208514279, en el plazo máximo de un mes, desde la ultima fecha de publicación del acuerdo en el BORME. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 311 de la Ley de Socidades de Capital, se establece la posibilidad de suscripción incompleta del capital social, en la cuantía de las suscripción efectuadas. Por lo tanto la cifra final del aumento de capital social será aquella efectivamente suscrita.

Se aprueba la ejecución de la reducción y simultánea ampliación de capital social en los siguientes términos y quedan los Consejeros así como el Secretario autorizados para realizar las actuaciones que correspondan en caso de suscripción incompleta conforme a lo establecido en el artículo 297 de la Ley de Sociedades de Capital, fijando las condiciones del aumento en todo lo no previsto en este acuerdo, determinar la cifra resultante y modificar en consecuencia los Estatutos Sociales, y se llevará a cabo como mínimo un mes después de la última publicación de este acuerdo y como máximo en el periodo de un año como establece el artículo de la Ley de Sociedades de Capital antes descrito. Transcurrido el plazo al que se refiere el párrafo anterior, las acciones que no hayan sido asumidas serán ofrecidas por el órgano de administración de la Sociedad, a aquellos accionistas que hubieran acudido a la ampliación de capital, en el plazo de cinco (5) días desde la conclusión del plazo para el ejercicio del derecho de suscripción. Si existieran varios accionistas interesados en asumir las acciones pendientes de suscribir, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la Sociedad.

Lo que se hace público de conformidad con lo previsto en los artículos 304.1, 305, 306.2 y demás concordantes de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 30 de junio de 2021.- El Secretario del Consejo de Administración, Jesús Alberto de Martín Muñoz.

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