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Documento BORME-C-2021-4946

GRUPO EMPRESARIAL PALACIOS ALIMENTACIÓN, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PRECOCINADOS FUENTETAJA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 6111 a 6112 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4946

TEXTO

A los efectos de los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo, la "LME"), se hace público:

- Que el Accionista único de la sociedad Grupo Empresarial Palacios Alimentación, S.A., Sociedad Unipersonal (en lo sucesivo, la "Sociedad Absorbente"), ejerciendo las competencias de la Junta General de Accionistas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, aprobó con fecha 29 de junio de 2021 la fusión mediante la absorción de su filial íntegramente participada de forma directa, Precocinados Fuentetaja, S.L., Sociedad Unipersonal (en lo sucesivo, la "Sociedad Absorbida").

- Que la Sociedad Absorbente adquiere de la Sociedad Absorbida, en bloque y por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de ésta última, que queda disuelta sin liquidación.

- Que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida han elaborado y aprobado sus respectivos balances de fusión sobre la base de los balances cerrados a 31 de diciembre de 2020, habiéndose verificado dichos balances por los auditores de cuentas de las sociedades participantes en la fusión.

- Que el proyecto común de fusión al que se ajusta la fusión aprobada por el Accionista único de la Sociedad Absorbente fue redactado, aprobado y suscrito de forma conjunta por los administradores únicos de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida y no precisó depósito en el Registro Mercantil en virtud del artículo 42 de la LME.

- Que en la medida en que la Sociedad Absorbente es titular, de forma directa, de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, no procede llevar a cabo aumento de capital alguno en la Sociedad Absorbente, ni tampoco es necesario elaborar un tipo de canje de acciones ni el procedimiento para el canje de las mismas. Asimismo tampoco procede la elaboración de los informes de expertos independientes y de los administradores sobre el proyecto de fusión, ni la aprobación de la fusión por la junta general de la Sociedad Absorbida.

- Que la fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente, será el 1 de enero de 2021, fecha a partir de la cual la fusión tendrá efectos contables de acuerdo con lo dispuesto en el vigente Plan General de Contabilidad.

- Que la fusión no prevé el reconocimiento de derecho especial alguno ni de ventajas a favor de los administradores de ninguna de las sociedades que se fusionan y que no existen titulares de acciones o participaciones sociales de clases especiales o privilegiadas ni en la Sociedad Absorbente ni en la Sociedad Absorbida.

Asimismo se hace constar expresamente:

- El derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los correspondientes balances de fusión; y

- El derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Logroño, 29 de junio de 2021.- El Administrador único de Grupo Empresarial Palacios Alimentación, S.A.U., Palacios Food Investments, S.L., representante persona física, Pedro Luis Domínguez Iribarren.

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