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Documento BORME-C-2021-5059

A&MS HOLDING CARDONA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MAN STREAPS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 129, páginas 6251 a 6251 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5059

TEXTO

Anuncio de Fusión Inversa por absorción.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que, el día 25 de junio de 2021, los socios únicos de A&MS Holding Cardona, S.L.U. (sociedad absorbente), y Man Streaps, S.L.U. (sociedad absorbida), acordaron la fusión inversa por absorción de Man Streaps, S.L.U., por parte de la sociedad A&MS Holding Cardona, S.L.U., con la transmisión a título universal del patrimonio social de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá, mediante disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la Sociedad Absorbente, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión suscrito en fecha 10 de junio de 2021 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobada por los socios únicos de ambas sociedades.

Dicha fusión inversa impropia fue aprobada sobre la base de los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2020 de dichas sociedades, debidamente aprobados, y tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2021.

La fusión tiene carácter de inversa por cuanto la Sociedad Absorbida es titular de forma directa de la totalidad de las participaciones en las que se divide el capital social de la Sociedad Absorbente y, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49 por remisión del artículo 52.1 LME, no procede establecer tipo de canje de las participaciones sociales, ni ampliar el capital social de la Sociedad Absorbente.

Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes del proyecto común de fusión impropia. No se producirá ninguna modificación estatutaria en la Sociedad Absorbente más allá del artículo 1 de los Estatutos sociales, ya que la sociedad absorbente adoptará la denominación de la Sociedad absorbida en virtud del artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil. La fusión inversa se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de administradores sobre aquel.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los respectivos Balances de fusión, así como del derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 LME.

Cardona, 1 de julio de 2021.- El Administrador único de A&MS Holding Cardona, S.L.U. (sociedad absorbente), y Man Streaps, S.L.U. (sociedad absorbida), Francisco Javier Jané López.

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