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Documento BORME-C-2021-537

CIRCUIT LLUCMAJOR, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALL-SPORTS RACING SCHOOL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 29, páginas 654 a 654 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-537

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, (en lo sucesivo "LME") se hace público que en la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la sociedad CIRCUIT LLUCMAJOR, S.L. (sociedad absorbente), con CIF B57832487, y de ALL-SPORTS RACING SCHOOL, S.L. (con CIF B57777831), ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, adoptaron, con fecha 18 de enero de 2021, la decisión de aprobar la fusión por absorción de ALL-SPORTS RACING SCHOOL, S.L., por CIRCUIT LLUCMAJOR, SOCIEDAD LIMITADA, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión fue adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por el Administrador de todas las sociedades con fecha 12 de enero de 2021, con base a los balances de fusión de estos cerrados a 31 de diciembre de 2020, debidamente aprobados por unanimidad. La fusión tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2021.

La fusión se realiza de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 42 y 49 de la LME, al haber sido adoptados todos los acuerdos por la unanimidad de los socios y tratarse de sociedades íntegramente participadas de forma directa o indirecta por el mismo socio. En consecuencia, no se han publicado ni depositado previamente los documentos exigidos por la ley ni se ha emitido el informe de los administradores ni expertos independientes sobre el proyecto de fusión, así como tampoco se han incluido en el proyecto de fusión de las menciones 9.ª y 10.ª del artículo 31 LME.

De conformidad con lo establecido en el artículo 44 LME se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades objeto de la presente, de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de la fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión en los términos del artículo 44 LME.

Palma de Mallorca, 29 de enero de 2021.- El Administrador solidario de ambas sociedades, Dieter Zuber.

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