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Documento BORME-C-2021-5548

VO BCN 2015 INVEST, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
VO2 BCN 2019 INVEST, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 144, páginas 6827 a 6827 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5548

TEXTO

Conforme el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de la Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad VO BCN 2015 INVEST, S.L. (sociedad parcialmente escindida) celebrada el treinta de junio de 2021, acordó por unanimidad la escisión parcial sin extinción de VO BCN 2015 INVEST, S.L. mediante la transmisión y traspaso en bloque de una parte de su patrimonio que constituye una unidad económica autónoma, referente al negocio contraincendios y peletería, constituido por la participación financiera en SOCIEDAD ANÓNIMA DE PRODUCTOS QUÍMICOS BOTAZZI ESPAÑOLA y en SABO ESPANOLA HONG KONG LTD., a la sociedad beneficiaria y de nueva creación VO2 BCN 2019 INVEST, S.L., la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación.

Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad escindida VO BCN 2015 INVEST, S.L, reducirá su capital social en la cuantía necesaria modificando el artículo 7.º relativo a la cifra de capital social de los Estatutos Sociales.

Los actuales socios de la sociedad escindida recibirán participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación en igual proporción cuantitativa y cualitativa a su respectiva participación en la sociedad escindida.

El acuerdo de escisión parcial se adoptó en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 78 bis de la LME, por lo que no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión, ni es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión; todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 73 y 78 bis de la LME.

No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a la sociedad beneficiaria de la nueva creación VO2 BCN 2019 INVEST, S.L.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, y 334 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado, así como el derecho que les corresponde de oponerse a la escisión parcial y la reducción de capital planteada con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio publicado del acuerdo de escisión parcial, en virtud de los dispuesto en el artículo 44 de la LME.

Barcelona, 30 de junio de 2021.- El Secretario del Consejo de Administración, Carlos Vilagut Orta.

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