Está Vd. en

Documento BORME-C-2021-5655

BODEGAS ALTO MONCAYO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 146, páginas 6941 a 6941 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2021-5655

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta general ordinaria de accionistas de la sociedad mercantil BODEGAS ALTO MONCAYO, S.A., con domicilio social en Borja (Zaragoza), carretera CV 606, Borja a El Buste, km 1.700, provista de CIF A50933886, celebrada el 26 de noviembre de 2020, adoptó por unanimidad, de conformidad con la Ley y los Estatutos, el acuerdo de proceder a la reducción de capital por amortización de sus acciones propias.

En lo referente a la reducción de capital para amortizar acciones propias, se acordó reducir el capital social en la cifra de ciento tres mil cuatrocientos cuarenta euros (103.440 €), mediante la amortización de 862 acciones propias (de la 2.330 a la 2.850, de la 4.651 a la 4.883 y de la 5.501 a 5.608, todas ellas inclusive) de un valor nominal por acción de 120 euros cada una, que poseía la sociedad en autocartera, las cuales habían sido previamente adquiridas por la sociedad en virtud de escritura compraventa de acciones de fecha 3 de agosto de 2018, autorizada por el Notario de Zaragoza, don Honorio Romero Herrero, bajo el número 1.836 de su protocolo.

Como consecuencia de la reducción de capital, se procederá a dar una nueva redacción al artículo 7 de los Estatutos Sociales, quedando el capital social en 646.560 euros.

La reducción de capital acordada no entraña devolución de aportaciones a los accionistas por ser la propia Sociedad la titular de las acciones que se amortizarán, y se realizará con cargo a reservas de libre disposición, por importe de 246.532 euros. Igualmente se dotará con cargo a la reserva de libre disposición, una reserva indisponible por capital amortizado por un importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas, en aplicación de lo previsto en el artículo 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital. Conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la sociedad no tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital, en relación con la reducción de capital.

Borja (Zaragoza), 22 de julio de 2021.- El Administrador único, José Miguel Sanmartín Berges.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid