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Documento BORME-C-2021-5741

CESPA, COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SERVICIOS PÚBLICOS AUXILIARES, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
FERROVIAL SERVICIOS, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 7046 a 7047 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5741

TEXTO

Anuncio de escisión parcial.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que, con fecha 29 de julio de 2021, el accionista único de CESPA, Compañía Española de Servicios Públicos Auxiliares, S.A., Sociedad Unipersonal ("CESPA"), y el accionista único de Ferrovial Servicios, S.A., Sociedad Unipersonal ("Ferrovial Servicios"), han aprobado la escisión parcial de CESPA, sin que se produzca la extinción de la misma, en favor de Ferrovial Servicios, mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal de una parte del patrimonio de la primera constituida por la unidad económica vinculada a determinados contratos de servicios a infraestructuras suscritos por CESPA, junto con todos los activos, pasivos y empleados asociados a dichos contratos, y en cuya virtud Ferrovial Servicios adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de CESPA inherentes a dicha unidad económica (la "Escisión").

Asimismo, como consecuencia de la Escisión, el accionista único de CESPA ha decidido reducir el capital social de CESPA en la cuantía de 303.917,00 euros, mediante la amortización de 303.917 acciones de un euro de valor nominal cada una de ellas, modificándose en consecuencia el artículo 5 de sus Estatutos Sociales.

Las decisiones relativas a la Escisión han sido adoptadas conforme al proyecto de escisión formulado y suscrito por los administradores mancomunados de CESPA y los miembros del consejo de administración de Ferrovial Servicios con fecha 28 de junio de 2021, que ha sido aprobado por los respectivos accionistas únicos de CESPA y Ferrovial Servicios en sus exactos términos el 29 de julio de 2021.

Dado que CESPA es una sociedad íntegramente participada de forma directa por Ferrovial Servicios, la Escisión se acoge al procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME, por remisión del artículo 73 de la misma ley y, en consecuencia, no resulta necesario: (i) la inclusión en el proyecto de escisión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME, (ii) elaborar informes de administradores y expertos sobre el proyecto de escisión, ni (iii) ampliar el capital de la sociedad beneficiaria.

Asimismo, puesto que CESPA y Ferrovial Servicios son sociedades unipersonales (lo que equivale, a efectos del acuerdo de Escisión, a que este se adopte en junta universal y por unanimidad), la Escisión se lleva a cabo sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos en la ley, sin perjuicio de los derechos de información de los trabajadores, que serán observados en todo caso en la medida que resulten aplicables.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas únicos y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la Escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión de cada una de las mencionadas sociedades, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Asimismo, se hace constar el derecho que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la Escisión de oponerse a la misma, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 29 de julio de 2021.- El Consejero-Delegado de Ferrovial Servicios, S.A.U., Fidel López Soria.- Los Administradores Mancomunados de Cespa, Compañía Española de Servicios Públicos Auxiliares, S.A.U., Fidel López Soria y Fernando Juan González de Canales Moyano.

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