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Documento BORME-C-2021-5743

SOLER HISPANIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
INDEVESMENT, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA EXISTENTE)
INDE ALBERIC INMUEBLES, S.L.
SOLER HISPANIA 2.0, S.L.
SOLER HISPANIA INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 7050 a 7050 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5743

TEXTO

Anuncio de Escisión

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73.1 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la "LME") se hace público que el socio único de Soler Hispania, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Escindida") y la junta general extraordinaria y universal de Indevesment, S.L. (en adelante, la "Sociedad Beneficiaria Existente"), han acordado, por unanimidad, con fecha 26 de julio de 2021, la escisión total de Soler Hispania, S.L.U., que se extinguirá vía disolución sin liquidación, con la consiguiente transmisión de la totalidad de su patrimonio a la sociedad beneficiaria existente Indevesment, S.L., y a las sociedades beneficiarias de nueva creación, esto es, Inde Alberic Inmuebles, S.L., Soler Hispania 2.0, S.L., y Soler Hispania Inversiones, S.L., constituyéndose estas tres últimas, simultáneamente y como consecuencia de la presente escisión total y adjudicando al socio único de la Sociedad Escindida la totalidad de las nuevas participaciones sociales de las sociedades beneficiarias de nueva creación.

Tanto Indevesment, S.L., como las sociedades beneficiarias de nueva creación adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio de la Sociedad Escindida, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria Existente en fecha 30 de junio de 2021.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de la escisión.

Valencia, 26 de julio de 2021.- El Administrador único de la Sociedad Escindida Soler Hispania, S.L.U., y Administrador único de la Sociedad Beneficiaria Existente Indevesment, S.L., Juan José Soler Pedró.

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