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Documento BORME-C-2021-5856

TRANS WENCES, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
WENOIL, S.L.
W TRUCKS, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 7177 a 7178 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5856

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 73 y 43 de la Ley de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de TRANS WENCES, S.L.U., celebrada el día 4 de agosto de 2021 aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de TRANS WENCES, S.L.U., mediante la segregación de dos ramas de actividad de su patrimonio, consistentes en el (i) comercio al por menor de carburantes, aceites y lubricantes para el surtido de vehículos, así como la gestión de estaciones de servicio; y (ii) la compraventa de todo tipo de vehículos; de las que es propietaria la sociedad escindida y que se traspasan en bloque a las sociedades limitadas de nueva creación WENOIL, S.L.U., y W TRUCKS, S.L.U.

Las sociedades beneficiarias adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones tanto del Proyecto de Escisión suscrito por el Órgano de Administración de TRANS WENCES, S.L.U., en fecha 30 de junio de 2021, y presentado para su depósito voluntario en el Registro Mercantil de Barcelona en fecha 27 de julio de 2021, calificado favorablemente por dicho Registro en fecha 3 de agosto de 2021, y del acuerdo de escisión parcial adoptado por la socia única de TRANS WENCES, S.L.U.

A tal efecto, se informa que en la escisión parcial se ha tomado como Balance de escisión el cerrado a 31 de diciembre de 2020, y teniendo la escisión efectos contables desde el día 1 de enero de 2021.

Al tratarse de una escisión parcial mediante la constitución de las sociedades beneficiarias, no es necesaria el informe del órgano de administración sobre el proyecto de escisión ni la elaboración de un informe por expertos independientes, según lo establecido en el artículo 78.bis de la Ley de Modificaciones Estructurales. No existen clases de participaciones sociales, ni aportaciones de industria o prestaciones accesorias, ni derechos especiales distintos de las participaciones en las sociedades participantes, ni se atribuyen ventajas a favor de los órganos de administración de ninguna de dichas sociedades, ni a los expertos independientes.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de TRANS WENCES, S.L.U., de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión de dicha sociedad, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la Compañía.

Los acreedores pueden oponerse a la escisión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de las sociedades intervinientes en la escisión todos los documentos e información a que se refiere el artículo 39 de la Ley de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Sant Quirze del Vallés, 4 de agosto de 2021.- El Administrador único, Wenceslao Jiménez Martínez.

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