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Documento BORME-C-2021-5921

ELECTRA DE INVERSIONES, SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 153, páginas 7249 a 7249 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-5921

TEXTO

Anuncio de acuerdo de transformación de Sociedad de Inversión de Capital Variable (SICAV) en Sociedad Anónima.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 4 de agosto de 2021, la Junta Universal y Extraordinaria de Accionistas de ELECTRA DE INVERSIONES, SICAV, S.A.., ha acordado por unanimidad, entre otros, los siguientes acuerdos:

I.- La transformación de ELECTRA DE INVERSIONES, SICAV, S.A., en una Sociedad Anónima que no posea el estatuto de Sociedad de Inversión de Capital Variable y consecuente baja como SICAV del correspondiente registro de la CNMV.

II.- Solicitud de exclusión de cotización de las acciones representativas del capital social en el Mercado Alternativo Bursátil.

III.- Revocación del nombramiento de la Entidad Gestora, de la Entidad Depositaria y los correspondientes contratos de gestión y depósito.

IV.- Modificación del objeto social y la denominación de la Sociedad. Consiguiente modificación y aprobación de los artículos correspondientes de los Estatutos Sociales.

Se hace constar que los socios que no hayan votado a favor del acuerdo podrán separarse de la Sociedad que se transforma, conforme a lo dispuesto para las sociedades de responsabilidad limitada. Del mismo modo, se informa de que los socios, que por efecto de la transformación hubieran de asumir una responsabilidad personal por las deudas sociales y no hubieran votado a favor del acuerdo de transformación, quedarán automáticamente separados de la Sociedad, si no se adhieren fehacientemente a él dentro del plazo de un mes a contar desde la presente comunicación.

Se deja constancia de que no existen titulares de derechos especiales distintos de las acciones. Asimismo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento del Registro Mercantil, los acreedores de la sociedad tendrán el derecho de oponerse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo.

Socios y acreedores tendrán derecho a obtener el texto íntegro del Acuerdo adoptado, el cual además se encuentra publicado en la página WEB de la Entidad Gestora, Alantra Wealth Management Gestión, SGIIC, S.A. (www.alantra.com)

Madrid, 4 de agosto de 2021.- El Presidente del Consejo de Administración, Francisco José Pastor Campoy.

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