Contido non dispoñible en galego
De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que, con fecha 10 de septiembre de 2021, el Socio único de "Cecosa Diversificación, S.L.U.", ejerciendo las funciones de la Junta General de Socios, acordó la fusión inversa por absorción de "Cecosa Diversificación, S.L.U." (sociedad absorbida), por parte de la sociedad "Viajes Eroski, S.A.U." (sociedad absorbente), con la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente "Viajes Eroski, S.A.U.", que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida que queda disuelta sin liquidación.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores.
Elorrio, 10 de septiembre de 2021.- El Administrador único de "Viajes Eroski, S.A.U.", Javier Amezaga Salazar.
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