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Documento BORME-C-2021-6351

COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS INTERNACIONAL, S.L.U.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS, S.A.
INSTALACIONES Y SERVICIOS MOSCARDÓ IV, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 181, páginas 7747 a 7748 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-6351

TEXTO

Anuncio de escisión parcial. De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de abril de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que (i) el socio único de la sociedad parcialmente escindida Cobra Instalaciones y Servicios Internacional, S.L.U., por medio de decisiones adoptadas el 1 de septiembre de 2021, y tomadas en el ejercicio de las funciones propias de la Junta General Universal de acuerdo con lo dispuesto por el art. 15 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, (ii) el socio único de la sociedad beneficiaria Instalaciones y Servicios Moscardó IV, S.L.U., por medio de decisiones adoptadas el 1 de septiembre de 2021 y tomadas asimismo en el ejercicio de las funciones propias de la Junta General Universal de acuerdo con lo dispuesto por el art. 15 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, y (iii) la Junta Universal de Accionistas de la sociedad beneficiaria Cobra Instalaciones y Servicios, S.A., celebrada el 1 de septiembre de 2021, han aprobado la escisión parcial de la Sociedad Cobra Instalaciones y Servicios Internacional, S.L.U., a favor de (a) su socio único, la sociedad ya existente Cobra Instalaciones y Servicios, S.A., y (b) de la sociedad también ya existente Instalaciones y Servicios Moscardó IV, S.L.U., escisión acordada sobre la base del proyecto de escisión parcial formulado por los administradores de las tres sociedades con fecha 30 de junio de 2021 y de acuerdo con los balances de escisión aprobados, correspondientes al cierre de las cuentas anuales del ejercicio 2020, debidamente depositadas en el Registro Mercantil.

La escisión implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, a favor de la sociedad Cobra Instalaciones y Servicios, S.A., de una serie de participaciones mayoritarias y minoritarias en el capital de diversas entidades constituidas en diversos países, de titularidad de la sociedad escindida, así como de determinados préstamos y otros activos íntimamente vinculados a dichas participaciones, y ello sin la emisión de nuevas acciones atendido que dicha sociedad beneficiaria es el socio único de la sociedad parcialmente escindida, ni reducción de capital en la sociedad parcialmente escindida, que reducirá sus reservas en la cuantía necesaria.

La escisión implica, del mismo modo, el traspaso en bloque, por sucesión universal, a favor de la sociedad beneficiaria Instalaciones y Servicios Moscardó IV, S.L.U., de la participación ostentada por la sociedad escindida en el capital de la compañía ecuatoriana Cuyabenopetro, S.A., así como un crédito contra la misma, lo que conllevará un aumento de capital en dicha sociedad beneficiaria, resultando asumida la totalidad de las participaciones resultantes por el socio único de la sociedad escindida, esto es, por Cobra Instalaciones y Servicios, S.A.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 34, 42 y 78 de la LME, el acuerdo de escisión parcial se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, ni han sido necesarios informe de expertos independientes, al haberse aprobado por unanimidad la escisión en las tres sociedades por decisión tanto del respectivo socio único de la sociedad escindida y de la beneficiaria Instalaciones y Servicios Moscardó IV, S.L.U., como por la Junta Universal de Accionistas de la sociedad beneficiaria Cobra Instalaciones y Servicios, S.A. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la escisión parcial a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión correspondientes en el domicilio social de las sociedades que participan en la escisión parcial, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que participan en la operación a oponerse en los términos previstos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de la escisión parcial.

Madrid, 15 de septiembre de 2021.- El representante persona física del Administrador único –Cobra Instalaciones y Servicios, S.A.- de la sociedad escindida parcialmente Cobra Instalaciones y Servicios Internacional, S.L.U., y representante persona física del Administrador único –Cobra Gestión de Infraestructuras, S.A.U.- de la sociedad beneficiaria Cobra Instalaciones y Servicios, S.A., José María Castillo Lacabex.- El representante persona física del Administrador único –Zero-E Proyectos Visigodos, S.L.U.- de la sociedad beneficiaria Instalaciones y Servicios Moscardó IV, S.L.U., Luis Rein Rojo.

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