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Los socios de la mercantil Talleres Diber, S.L., han acordado el día 22 de septiembre de 2021, la aprobación del acuerdo de segregación de Talleres Diber, S.L., por el que se va a llevar a cabo la segregación de dicha mercantil mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de la totalidad de activos y pasivos que integran la rama de actividad de "inyección de termoplástico" que conforman una unidad económica autónoma, en favor de una sociedad limitada de nueva creación denominada Diber Solución Integral, S.L.U., que se constituirá de manera simultánea a la segregación.
Se hace constar que el acuerdo de segregación se ha adoptado con las prescripciones del artículo 42 LME, por remisión de los artículos 71 y 73.1 LME, habiéndose dado cuenta a los trabajadores de la Sociedad.
Esta segregación se efectúa al amparo de lo dispuesto en el artículo 78 bis LME, por lo que no son necesarios ni el informe del órgano de administración, ni informe de experto independiente, ni el balance de escisión.
Se hace constar expresamente que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión tienen derecho a obtener de manera gratuita el texto íntegro del acuerdo de segregación y demás documentos de la misma, así como, que los acreedores de la Sociedad escindida podrán oponerse a la segregación en los términos y plazos del art. 44 de la LME.
Ibi, 22 de septiembre de 2021.- El Administrador único, José Juan Brotons Soldado.
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