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Se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de PERIS CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A., celebrada el día 14 de junio de 2021, acordó, por unanimidad, la escisión parcial de la sociedad, mediante el traspaso en bloque a las sociedades de nueva creación CAMPO RE INMOBILIARIA, S.L., y CAMPO RE MOBILIARIA, S.L. (sociedades beneficiarias), de sendas partes de su patrimonio consistentes en las unidades económicas o ramas de actividad inmobiliaria y de gestión de carteras de valores mobiliarios, susceptibles ambas de explotación separada, adquiriendo respectivamente las sociedades beneficiarias, por sucesión universal, dichas partes de los derechos y obligaciones de la sociedad escindida, resultando titulares de forma directa de todas las participaciones en que se divide el capital de las sociedades beneficiarias los mismos socios que lo son de la escindida.
Como consecuencia de la escisión parcial, PERIS CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A. (sociedad escindida), reducirá su capital social en la cantidad de 9.000 euros, mediante la amortización de 100 acciones de 90 euros de valor nominal cada una. Consecuentemente, se modificará el artículo 5.º de sus estatutos sociales, relativo a la cifra del capital social.
Expresamente se hace constar el derecho que asiste a acreedores y socios de obtener en el domicilio social de dicha sociedad escindida el texto íntegro de los acuerdos adoptados.
Los acreedores podrán oponerse a la escisión de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril.
Madrid, 25 de octubre de 2021.- El Consejero Delegado, Miguel Ángel Peris de Elúa.
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