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Documento BORME-C-2021-7062

KERKOM 360, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TEXTIL COLOMER NADAL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 208, páginas 8550 a 8550 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7062

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), se hace público, que el día 30 de septiembre de 2021, en Junta universal y por unanimidad por la totalidad de los socios con derecho voto de Textil Colomer Nadal, S.L. ("Sociedad Absorbida"), y el socio único de Kerkom 360, S.A. ("Sociedad Absorbente"), ambas sociedades intervinientes en la fusión han aprobado la fusión por absorción de Textil Colomer Nadal, S.L., por parte de Kerkom 360, S.A., sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 27 de agosto de 2021.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio social de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Se han utilizado como balances de fusión, tanto de la Sociedad Absorbente como de la Sociedad Absorbida, los balances específicos cerrados el 31 de mayo de 2021, formulados por el Administrador único de ambas sociedades, verificados por los auditores de ambas sociedades y aprobados en junta universal y por unanimidad por la totalidad de los socios con derecho voto de la Sociedad Absorbida y por el socio único de la Sociedad Absorbente.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el art. 49.1.4.º de la LME, en relación con el artículo 52.1 de la misma Ley.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades intervinientes en la fusión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, y a oponerse a la misma en los términos legalmente previstos en el artículo 44 LME en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción. Asimismo, se hace constar expresamente que los documentos referidos en el artículo 39 LME han sido puestos a disposición de los trabajadores de ambas sociedades, en el domicilio social de éstas dónde han podido ser examinados.

Madrid, 25 de octubre de 2021.- El Administrador único de Kerkom 360, S.A., y de Textil Colomer Nadal, S.L., Alfredo Nacher Nacher.

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