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Documento BORME-C-2021-7069

RIBERALIA SERVICIOS GENERALES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GAILUR BERRI, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 208, páginas 8557 a 8557 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7069

TEXTO

Los socios únicos de Riberalia Servicios Generales, S.L.U. (NIF B20793311), y de Gailur Berri, S.L.U. (B20818498), con fecha 30 de junio de 2021 han adoptado las decisiones de aprobar la fusión por absorción de Gailur Berri, S.L.U., como Sociedad absorbida, por Riberalia Servicios Generales, S.L.U., como Sociedad absorbente, con extinción por disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

Por tratarse de una fusión de sociedad íntegra y directamente participada por la absorbente, es de aplicación el artículo 49 de la Ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, no procediendo relación de canje ni los informes de expertos independientes y del Órgano de Administración sobre el proyecto de fusión, ni aumento de capital y aprobación de la fusión por la sociedad absorbida. Asimismo, por haberse acordado la fusión conforme al artículo 42 de la mencionada Ley, no resulta precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley ni el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en dicho art. 42.

Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como el derecho de los acreedores (cuyo crédito haya nacido con anterioridad a la fecha de publicación del acuerdo de fusión) durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, a oponerse a la fusión en los términos previstos en el art. 44 de la Ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Donostia-San Sebastián, 30 de septiembre de 2021.- Los Administradores solidarios de ambas sociedades, Carlos Pinedo Torres y Juan Manuel Vallejo Montero.

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