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Documento BORME-C-2021-736

TRADIA GRUPO EMPRESARIAL, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
THE UNUSUAL JOB, S.L.U.
GOG SHARES, S.L.U.
MCOLGAN, S.L.U.
COTIDIE, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 38, páginas 938 a 938 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-736

TEXTO

Anuncio de escisión parcial.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 25 de enero de 2021, la Junta General Universal y Extraordinaria de socios de Tradia Grupo Empresarial, S.L. (Sociedad Escindida) por unanimidad, y los socios únicos, respectivamente, de The Unusual Job, S.L.U., de Gog Shares, S.L.U., de Mcolgan, S.L.U., y de Cotidie, S.L.U. (Sociedades Beneficiarias), han aprobado la escisión parcial de la Sociedad Escindida mediante la escisión de dos unidades económicas independientes de su patrimonio consistente en la tenencia de participaciones sociales en las mercantiles Guillermo Oltra, S.L.U., y Tradia Agrícola, S.L.U., respectivamente, a favor de las Sociedades Beneficiarias, en los términos y condiciones establecidos en el proyecto de escisión de fecha 22 de enero de 2021, que no fue preciso depositar en el Registro Mercantil según lo establecido en el artículo 42 de la LME, por remisión del artículo 73.1 de la misma ley.

La escisión parcial de la Sociedad Escindida implica (i) el traspaso en bloque, por sucesión universal, de las dos citadas unidades económicas, a favor de las Sociedades Beneficiarias, cada una de las cuales recibirá, como consecuencia de la escisión parcial, el 25% de cada una de las ramas de actividad, (ii) el aumento de reservas de las Sociedades Beneficiarias, y (iii) la reducción por la Sociedad Escindida de sus reservas voluntarias.

Se hace constar que, por aplicación del artículo 78.3 de la LME no ha sido necesario el Informe de expertos independientes.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la operación de escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las entidades intervinientes en la escisión.

Se hace constar asimismo el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión a oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Calpe (Alicante), 29 de enero de 2021.- Por Tradia Grupo Empresarial, S.L., Juan Miguel Oltra Gandía como Presidente del Consejo de Administración y María del Carmen Oltra Gandía como Secretario del Consejo de Administración.- Por The Unusual Job, S.L.U., Juan Miguel Oltra Gandía como Administrador único.- Por Gog Shares, S.L.U., Guillermo Oltra Gandía como Administrador único.- Por Mcolgan, S.L.U., María del Carmen Oltra Gandía como Administradora única.- Por Cotidie, S.L.U., María José Oltra Gandía como Administradora única.

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