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Documento BORME-C-2021-7489

EL QUEXIGAL, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
FINCA EL QUEXIGAL, S.L.U.
QX PALACE2, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS PREEXISTENTES)

Publicado en:
«BORME» núm. 217, páginas 9042 a 9042 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7489

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73.1, ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, el socio único común de las Sociedades EL QUEXIGAL, S.A.U. (Sociedad escindida totalmente), FINCA EL QUEXIGAL, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria preexistente), y QX PALACE2, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria preexistente), aprobó, con fecha 10 de noviembre de 2021, la Escisión total de EL QUEXIGAL, S.A.U., que quedará disuelta y extinguida, con división total de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque por sucesión universal a (i) FINCA EL QUEXIGAL, S.L.U., y (ii) QX PALACE2, S.L.U., en los términos establecidos en el Proyecto Común de Escisión Total aprobado por los Órganos de Administración de cada una de las Sociedades participantes en la Escisión con fecha 15 de octubre de 2021, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 42 de la LME por remisión del artículo 73.1 de la misma Ley (innecesaridad de la publicación y depósito del proyecto común de escisión) y en los artículos 49.1 y 52.1 de la LME por remisión del artículo 73.1 de la LME (simplificación de requisitos al tratarse de escisiones especiales).

Sirven de base para esta operación los balances cerrados a 30 de septiembre de 2021, aprobados por el socio único de todas las Sociedades participantes en la Escisión con fecha 10 de noviembre de 2021.

La fecha de efectos contables de la escisión total se ha fijado en el día 1 de enero de 2021.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, trabajadores y acreedores de las sociedades participantes en la escisión total de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, en los domicilios sociales de las sociedades participantes en la escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la escisión, que deberá ser ejercitado, en su caso, con arreglo a lo previsto en el artículo 44 de la LME por remisión del artículo 73.1 de la misma Ley, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión total.

Madrid, 11 de noviembre de 2021.- El Secretario del Consejo de Administración de El Quexigal, S.A.U., Fernando Rodríguez-Arias Delgado.- El Administrador único de Finca El Quexigal, S.L.U., y de QX Palace2, S.L.U., Juan Carlos Álvarez Mezquiriz.

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