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Documento BORME-C-2021-7927

HITECAL, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 9535 a 9535 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2021-7927

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social por devolución de aportaciones.

Según lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante LSC) se hace público que la Junta General Universal y Extraordinaria de accionistas de HITECAL, S.A. (en adelante, la "Sociedad"), celebrada el 9 de julio de 2021, adoptó por unanimidad el acuerdo de reducir el capital social por amortización de acciones como consecuencia del ejercicio del derecho de separación de los accionistas de los accionistas que votaron en contra, conforme al artículo 348 bis.2 de la L.S.C.. Se hace constar que, con anterioridad a esta Junta, la Junta General Universal y Extraordinaria de accionistas de HITECAL, S.A. celebrada el día 2 de enero de 2021, acordó reconocer a los accionistas el derecho a separarse de la Sociedad conforme al artículo 348.bis 2 de la L.S.C., acordándose, además, que la suma a abonar a los accionistas que ejercitaron el derecho de separación asciende a la cantidad de 117.701,44.-Euros.

Como consecuencia de lo anterior, Junta General Universal y Extraordinaria de accionistas de HITECAL, S.A. (en adelante, la "Sociedad"), celebrada el 9 de julio de 2021, acordó reducir el capital social por amortización de acciones como consecuencia del ejercicio del derecho de separación de los accionistas, acordándose la amortización de 2.780 acciones, números 61 al 99, número 100, números 6041 al 8680 y número 9.901 al 10.000, todas inclusive.

Con motivo del acuerdo de reducción de capital de la sociedad, el nuevo capital social pasa a estar representado por 7220 acciones, totalmente suscritas y desembolsadas de 6.02 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas del 1 a la 7.220, ambas inclusive, lo que representa un capital social total de 43.464,40 euros, totalmente suscrito y desembolsado, modificándose en consecuencia el artículo 5.º de los Estatutos sociales. La finalidad de la reducción de capital es la devolución de aportaciones a los accionistas. Todo lo anterior se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición a la citada reducción de capital en el plazo de un mes, en los términos previstos en los articulo 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Basauri, 18 de noviembre de 2021.- El Administrador único, Jesús Viña Toledano.

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