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Documento BORME-C-2021-801

TOLO GANADERA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TOLO ESPLUGA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 42, páginas 1031 a 1031 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-801

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el día 30 de enero de 2021, las Juntas Generales Ordinarias y Universales de cada una de las Entidades "TOLO GANADERA, S.L." (Sociedad Absorbente), y "TOLO ESPLUGA, S.L." (Sociedad Absorbida), aprobaron la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida, de conformidad con el proyecto común de fusión redactado y firmado por los Administradores Solidarios de ambas Sociedades con fecha 31 de diciembre de 2020. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, la atribución de participaciones de la Sociedad Absorbente a los socios de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, adquiriendo por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo, unánime, de fusión regulado en el artículo 42 del LME, por tanto no es necesario el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración de los informes de los administradores sobre el mismo.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los balances de fusión aprobados. Se informa a los acreedores de su derecho de oposición, conforme al artículo 44 de la LME. Y asimismo el derecho de información que corresponde a los representantes de los trabajadores sobre la fusión, según lo dispuesto en el artículo 42.2 de LME.

Espluga, 15 de febrero de 2021.- La Administradora solidaria, Beatriz Fernández Revilla.

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