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Documento BORME-C-2021-8163

PATRIMER LEVANTE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PATRICIO GOMEZ, S.L.
PAMER GOMEZ, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 229, páginas 9792 a 9792 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-8163

TEXTO

En cumplimiento con lo dispuesto en los arts. 51.1 y 52.1 a de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hacen públicos los proyectos comunes de fusión de PATRICIO GOMEZ, S.L. y PAMER GOMEZ, S.L., que serán absorbidas por PATRIMER LEVANTE, S.L., redactados y suscritos por los administradores de las sociedades con fecha 22 de noviembre de 2021. Proyectos que supondrán el traspaso en bloque a la Sociedad Absorbente del patrimonio social de las Sociedades PATRICIO GOMEZ, S.L. y PAMER GOMEZ, S.L.; siendo adquiridos ambos patrimonios a título de sucesión universal, y quedando subrogada la Sociedad Absorbente en todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas con carácter general y sin reserva ni limitación alguna, y con extinción vía disolución sin liquidación de las mismas.

La fusión aprobada se efectuará atendiendo al art. 52.1, de conformidad al art. 49.1 de la Ley 3/2009, al tratarse de la fusión por absorción de sociedad titular directa de todas las participaciones de la sociedad absorbente (impropia inversa) y de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada. En consecuencia, no se llevan a cabo: (i) inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del art. 31 de la citada Ley 3/2009, (ii) informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, pero sí, la aprobación de la fusión por la junta general de la Sociedad Absorbida, que será celebrada y, en su caso, acordada, en plazo legal previsto en el art. 51.1 de la citada Ley.

De conformidad con el precitado artículo se hace constar el derecho que corresponde a los socios de las Sociedades implicadas y a los acreedores de las mismas, de examinar en el domicilio social de las sociedades partícipes, los documentos indicados en los números 1.º y 4.º, y, en su caso, 2.º, 3.º y 5.º, del apartado 1 del art. 39, así como a obtener, en los términos previstos en el art. 32, la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de los mismos.

También, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de la Sociedad Absorbente cuyos créditos no se encuentren suficientemente garantizados, a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, en los términos señalados en el art. 44 de la Ley 3/2009.

Finalmente, de conformidad con lo previsto en el art. 51 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho de los socios que representen, al menos, el uno por ciento del capital social de la Sociedad Absorbente, a exigir la celebración de la junta general para la aprobación de la fusión, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de publicación del presente anuncio, mediante requerimiento notarial a los administradores.

Lorca, 25 de noviembre de 2021.- Administrador, Patricio Gómez García.

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