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Documento BORME-C-2021-8267

CLAYTON CORPORATE SERVICES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LO MÓNACO HOGAR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 233, páginas 9907 a 9907 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-8267

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la LME), se hace público que el socio único de Clayton Corporate Services, Sociedad Limitada Unipersonal (la Sociedad absorbente), y el socio único de Lo Mónaco Hogar, Sociedad Limitada Unipersonal (la Sociedad absorbida), han acordado por unanimidad, con fecha 1 de noviembre de 2021, la fusión por absorción entre Clayton Corporate Services, S.L.U. y Lo Mónaco Hogar, S.L.U. (las Sociedades intervinientes), mediante la absorción de la segunda por la primera, produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida, y el traspaso en bloque a título universal de su patrimonio social a la Sociedad absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida, sin ampliación del capital social de la absorbente (la Fusión). Todo ello en los términos que constan en el Proyecto Común de Fusión (redactado, suscrito y formulado por sus respectivos órganos de administración con fecha 30 de septiembre de 2021).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 LME, y dado que la Fusión se ha adoptado por acta del socio único de la Sociedad absorbente, por un lado, y por acta del socio único de la Sociedad absorbida, por otro lado, no habiendo ninguna otra persona que, de conformidad con la ley o los estatutos sociales de las Sociedades intervinientes, pueda ejercer legítimamente el derecho de voto, no ha sido necesario publicar o depositar previamente el Proyecto Común de Fusión ni los restantes documentos previstos en el artículo 39 de la LME con carácter previo a la aprobación de la Fusión. La Fusión se ha aprobado tomando como balances de fusión los cerrados a 30 de septiembre de 2021.

De conformidad con el artículo 49.1 LME no han resultado necesarios el informe de administradores ni el informe de experto sobre la Fusión dado que la Sociedad absorbente es titular directo de todas las participaciones sociales de la Sociedad absorbida.

De conformidad con los artículos 43 y 44 LME se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la Fusión durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Se hace constar el derecho de información de los representantes de los trabajadores sobre la fusión, incluida la información sobre los efectos que pudiera tener sobre el empleo (artículos 42.2 y 39 LME).

Madrid, 1 de diciembre de 2021.- Administrador único, Santiago Jesús García Matas.

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