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Documento BORME-C-2021-8533

INVERSIONES ANTIBA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FOTO VÍDEO LLEDÓ, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 245, páginas 10208 a 10209 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-8533

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción.

A efectos de lo previsto en el apartado 1 del artículo 43. Publicación del acuerdo y en el artículo 44. Derecho de oposición de los acreedores, ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que en fecha 17 de diciembre de 2021, la Junta General Universal Extraordinaria de socios de la compañía INVERSIONES ANTIBA, S.L. (Sociedad absorbente) y, por su parte y en la misma fecha, la Junta General Universal Extraordinaria de socios de la entidad FOTO VÍDEO LLEDÓ, S.L. (sociedad absorbida), han acordado en ambos casos por unanimidad, aprobar la fusión de las dos sociedades, de conformidad con el proyecto común de fusión suscrito por sus administradores, así como los balances de fusión de cada una de ellas, cerrados el 30 de noviembre de 2021.

La fusión se llevará a efecto mediante la absorción de FOTO VÍDEO LLEDÓ, S.L., que será disuelta sin liquidación, adquiriendo la sociedad absorbente INVERSIONES ANTIBA, S.L., en bloque y por sucesión universal, la totalidad del patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida y subrogándose en la posición jurídica de dicha sociedad FOTO VÍDEO LLEDÓ, S.L., por cuanto a todos sus derechos y obligaciones.

Atendiendo a la mención 7.ª prevista en el artículo 31. Contenido del proyecto común de fusión de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se deja constancia de que las operaciones de FOTO VÍDEO LLEDÓ, S.L., se considerarán jurídica y contablemente realizadas por la sociedad absorbente INVERSIONES ANTIBA, S.L., a partir de primero de enero de 2022, sin perjuicio de la fecha en que quede inscrita la escritura pública que protocolice la fusión y por la que se extinga la personalidad jurídica de la sociedad absorbida.

Dado que el acuerdo de fusión se ha adoptado, tanto en la Sociedad Absorbente, como en la Sociedad Absorbida, en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto, se ha aplicado la dispensa prevista en el apartado 2 del artículo 41. Exigencias especiales del acuerdo de fusión de la referida Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre depósito y publicidad del proyecto común de fusión y emisión de informe de los administradores sobre el citado proyecto.

No existe informe de experto independiente ni verificación por el auditor de cuentas de las Sociedades sobre las valoraciones contenidas en los respectivos balances de fusión por no estar obligadas, ninguna de las dos compañías, a verificar ni auditar sus cuentas anuales.

Adicionalmente, el proyecto común de fusión incorpora el cambio en la razón social de la Sociedad Absorbente que, tras la fusión, pasará a denominarse FOTO CINE LLEDÓ, S.L.

Por último, en cumplimiento de cuanto prescribe el artículo 44. Derecho de oposición de los acreedores, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y socios de las sociedades que intervienen en la fusión de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores sociales de las sociedades a oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de fusión, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Castellón de la Plana, 20 de diciembre de 2021.- La Administradora única de la absorbente, María Lucía Ibáñez Gabarda.- La Administradora única de la absorbida, María Lucía Ibáñez Gabarda.

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