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Documento BORME-C-2021-8636

"WIELAND CIMSA, SOCIEDAD ANÓNIMA"
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
"WIELAND ESPAÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA"
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 249, páginas 10323 a 10324 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-8636

TEXTO

El socio único de "Wieland Cimsa, Sociedad Anónima" y la junta general universal de "Wieland España, Sociedad Anónima", ambas domiciliadas en Calle Berguedà, esquina Maresme, 08130 Santa Perpètua de Mogoda (Barcelona), han acordado el día 16 de Diciembre de 2021 su fusión inversa, mediante la absorción por "Wieland Cimsa, Sociedad Anónima" de su socio único "Wieland España, Sociedad Anónima, con adquisición por la absorbente de todo el patrimonio de la absorbida.

Como consecuencia de la fusión, la sociedad absorbida se extinguirá, produciéndose en la absorbente un aumento de capital en un importe de 1.081.126,88 Euros con una prima de emisión de 1,57 Euros a una cifra de capital social resultante de 4.181.281,22 Euros, mediante la emisión de 179.888 nuevas acciones de la Serie B, de un valor nominal de 6,01 Euros cada una, y numeradas correlativamente de 525.035 al 704.922, ambos inclusive. El valor del patrimonio transmitido por la sociedad absorbida a la sociedad absorbente es de 3.870.011,72 Euros.

En el acto del otorgamiento de la escritura pública de fusión, la sociedad absorbente adquirirá 10.000 acciones propias de la Serie A y 515.034 acciones propias de la Serie B. Estas acciones serán entregadas, junto con 179.888 acciones de la Serie B de nueva emisión en el aumento de capital en la sociedad absorbente, a los socios de la sociedad absorbida en canje de las 475.831 acciones de la sociedad absorbida, entregadas por éstos.

Las acciones de nueva emisión de la absorbente participarán en las ganancias sociales a partir del día 1 de Octubre de 2021.

El balance de fusión es el balance de las sociedades cerrado a 30 de Septiembre de 2021.

La fecha de eficacia contable de la fusión es el día 1 de Octubre de 2021.

La fusión no produce incidencia alguna en aportaciones de industria ni en prestaciones accesorias. No se otorgan derechos a titulares de derechos especiales ni a tenedores de títulos distintos de los representativos de capital ni ventajas a favor de administradores de las sociedades o de expertos independientes. No se prevé que la fusión tenga consecuencias sobre el empleo ni que produzca un impacto de género en los órganos de administración ni que tenga incidencia alguna en la responsabilidad social de la empresa.

Los estatutos de la sociedad absorbente no son objeto de modificación, excepto el artículo del capital social como consecuencia del aumento de capital.

La fusión se someterá al régimen fiscal establecido en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27 de 2014, de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado. Los acreedores podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el Artículo 44 de la Ley 3/03 de Abril de 2009.

En Santa Perpetua de Mogoda, 17 de diciembre de 2021.- El Secretario, Dr. Frühbeck Abogados, S.L.P. representado por Dr. Guillermo Frühbeck Olmedo.

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