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Documento BORME-C-2021-972

CIUDAD DE LA JUSTICIA DE CÓRDOBA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 50, páginas 1253 a 1253 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2021-972

TEXTO

En cumplimiento del artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC") se hace público el acuerdo de la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de Ciudad de la Justicia de Córdoba, S.A. (la "Sociedad"), celebrada el día 11 de marzo de 2021, para la reducción de capital social mediante la amortización de 17.284.174 acciones propias que posee la Sociedad en virtud de una compraventa de acciones de fecha 11 de marzo de 2021, mediante la adopción por unanimidad, de entre otros, del siguiente acuerdo:

Aprobación de una reducción del capital social de la Sociedad por importe de 24.430.840 euros, mediante la amortización de 17.284.174 acciones propias, numeradas de la 7.146.667 a la 24.430.840, ambas inclusive, con un valor nominal de 1 euro por acción. En consecuencia, el capital social de la Sociedad ha quedado fijado en 7.146.666 euros, dividido en 7.146.666 acciones nominativas, representadas por medio de títulos, de 1 euro de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 1 al 7.146.666, ambas inclusive, e integrarán una serie única.

La finalidad de la reducción es la amortización de las acciones propias que la Sociedad posee y, por lo tanto, no comportará la devolución de aportación alguna a los socios por ser la propia Sociedad la titular de las acciones que se amortizan.

En consecuencia, tras dicha reducción de capital social, el artículo 5 de los Estatutos Sociales pasa a tener la siguiente redacción:

"Artículo 5°.- El capital social es de 7.146.666 €, dividido en 7.146.666 acciones nominativas, representadas por medio de títulos, de 1 € de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 1 al 7.146.666, ambas inclusive e integrarán una serie única.- El capital social se encuentra íntegramente suscrito y desembolsado.- La Sociedad podrá, previo acuerdo al efecto de la Junta General, emitir títulos simples o múltiples."

Los acreedores de la Sociedad podrán oponerse a la citada reducción de capital social en el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, de conformidad con lo establecido en los artículos 334 y 336 LSC.

Córdoba, 12 de marzo de 2021.- El Secretario no Consejero, Fernando Quicios Dorado.

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