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Documento BORME-C-2021-990

DS SMITH PACKAGING CARTOGAL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DS SMITH TCT, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 51, páginas 1283 a 1283 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-990

TEXTO

Fusión por absorción.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que el socio único de DS SMITH PACKAGING CARTOGAL, S.A. (Sociedad Unipersonal), y los socios de DS SMITH TCT, S.A., respectivamente, han aprobado por decisiones adoptadas con fecha 10 de marzo de 2021, en ejercicio de la competencia de Junta General, la fusión inversa por absorción de la segunda por la primera, en los términos previstos en el Proyecto común de Fusión de 30 de octubre de 2020, y sirviendo de base a la operación los Balances cerrados a 30 de abril de 2020. Todo ello con entera transmisión, asunción y subrogación de todos los bienes y derechos de la sociedad absorbida y, por tanto, incorporando en bloque todos los activos y pasivos de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de la primera. La operación de fusión proyectada se ajusta a lo previsto en el artículo 52 de la LME que regula la fusión por absorción en los casos en que la sociedad absorbida es titular de forma directa de todas las acciones de la sociedad absorbente, y conforme por tanto a lo previsto en el artículo 49 de la LME, que regula la absorción de sociedades íntegramente participadas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, en su redacción dada por la Ley 1/2012, de 22 de junio, los acuerdos de fusión se han adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión de los socios de todas y cada una de las sociedades participantes en la fusión. Se hace constar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en el referido proceso de fusión por absorción, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión respectivos, así como el derecho a dichos acreedores a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 10 de marzo de 2021.- El representante de DS Smith Packaging Holding, S.L., Administrador único de DS Smith Packaging Cartogal, S.A. (Sociedad Unipersonal), y representante asimismo de DS Smith Packaging Holding, S.L., Administrador único de DS Smith TCT, S.A., Ignacio Montfort Guasch.

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