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Documento BORME-C-2022-2033

BAOBAB SOLAR SL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CEDRO SOLAR SL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 85, páginas 2554 a 2554 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-2033

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el 20 de abril de 2022, el Socio único de Baobab Solar, S.L. ("Sociedad Absorbente") y de Cedro Solar, S.L. ("Sociedad Absorbida"), aprobó el proyecto común de fusión redactado y firmado por el administrador único de la Sociedad Absorbida y la Sociedad Absorbente con fecha 20 de abril de 2022. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con extinción de la misma.

A la presente fusión le resulta de aplicación el régimen especial de la fusión prevista en los artículos 49 y 52 LME, en la medida en que la operación aquí proyectada es una fusión donde la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida se encuentran en un supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas al estar ambas íntegramente participadas de forma directa por un mismo socio.

Por otro lado, y de acuerdo con el artículo 42 de la LME, los acuerdos de fusión se han adoptado sin publicar o depositar previamente en la web de cada una de la Sociedad Absorbente o la Sociedad Absorbida o en su defecto, en el Registro Mercantil los documentos exigidos por la Ley y sin informe de administradores sobre el proyecto común de fusión, por haberse aprobado el acuerdo de fusión por el socio único de cada una de las sociedades, tanto en la Sociedad Absorbente como en la Sociedad Absorbida.

De conformidad con lo preceptuado en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar expresamente del derecho que asiste a los socios, acreedores y demás interesados que así lo soliciten por cualquier medio admitido en derecho de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

madrid, 29 de abril de 2022.- Representante persona fisica del administrador unico Ignis Energy Holdings, SL, D. Antonio Arturo Sieira Mucientes.

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