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Documento BORME-C-2022-2361

GENERAL SERVEI, S.A. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
GS-GESPART, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 89, páginas 2958 a 2958 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-2361

TEXTO

Acuerdo de escisión parcial

De conformidad con lo dispuesto en el Título III de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de GENERAL SERVEI, S.A. Y GS-GESPART, S.L., celebradas en Torrejón de Ardoz (Madrid) el día 2 de Mayo de 2022, aprobaron por unanimidad y en Junta Universal la escisión parcial de GENERAL SERVEI, S.A. transmitiendo en bloque por sucesión universal parte de su patrimonio, consistente en una Rama de Actividad, siendo beneficiaria la sociedad GS-GESPART, S.L. beneficiaria de la Rama de Actividad de Arrendamientos; por pertenecer las dos sociedades al mismo Grupo, la escisión parcial se efectúa sin ampliación de capital ni canje de valores de la sociedad beneficiaria, conforme a lo establecido en los artículos 49.1 y 52.1 de la Ley 3/2009 de 3 de Abril sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Dicha escisión parcial se acordó en los términos del Proyecto redactado y suscrito por los Administradores con fecha 25 de Abril de 2022 y en base a los Balances de cierre del ejercicio de fecha 31 de Diciembre de 2021, que fueron aprobados como Balances de escisión parcial por General Servei, S.A. y GS-Gespart, S.L. respectivamente, habiendo dado además cada una de las Sociedades, debido cumplimiento a lo preceptuado en el Artículo 42 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las dos Sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión parcial adoptados, Así como los Balances de escisión parcial aprobados.

Asimismo, los acreedores de cada una de las Sociedades podrán oponerse a la escisión parcial en los términos señalados en el Artículo 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Torrejón de Ardoz, 3 de mayo de 2022.- El Administrador único, Mercedes Vallés Pérez.

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