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Anuncio de ESCISIÓN
De conformidad (y por aplicación analógica) con lo establecido en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que por acuerdo de la Asamblea General de Socios de Sociedad Agraria de Transformación Dos Mil nº 635 de Navarra, de fecha 14 de enero de 2022, celebrada con carácter Extraordinario y Universal, se aprobó unánimemente la escisión parcial de Sociedad Agraria de Transformación Dos Mil número 635 de Navarra, a favor de una sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación, con denominación prevista de Actiture Dos Mil, Sociedad Limitada, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por la junta rectora de la Sociedad Agraria de Transformación Dos Mil número 635 de Navarra con fecha 15 de diciembre de 2021.
La escisión implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio consistente en la unidad económica que constituye la actividad de producción de hortalizas y frutas a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación, recibiendo los socios de la sociedad escindida un número de participaciones sociales en la sociedad beneficiaria proporcional a su respectiva participación (cuantitativa y cualitativa) en la sociedad escindida.
Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad de Sociedad Agraria de Transformación Dos Mil número 635 de Navarra reducirá su capital social en la cuantía necesaria, modificando el artículo de los estatutos sociales relativo a la cifra del capital social.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales, el acuerdo de escisión parcial se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en asamblea universal y por decisión unánime de todos los socios de la sociedad parcialmente escindida.
Asimismo, en aplicación del régimen simplificado que recoge el artículo 78 bis de la Ley de Modificaciones Estructurales, al atribuirse a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria proporcionalmente a los derechos que tienen en el capital de ésta, no es necesario el informe de expertos independientes, ni el informe de los administradores. El proyecto de escisión ha sido puesto a disposición de los trabajadores para garantizar el derecho de información de los mismos.
La escisión se acoge al régimen fiscal especial de escisiones previsto en el capítulo VIII del Título VIII de la Ley Foral Navarra 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de Sociedad Agraria de Transformación Dos Mil número 635 de Navarra de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, que podrá ser ejercitado en el plazo de un mes, a contar desde la última publicación del presente anuncio.
Tudela, 14 de enero de 2022.- Presidente de la Junta Rectora de Sociedad Agraria de Transformacion Dos Mil numero 635 de Navarra, D. Luis Miguel Aguado Perez.
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