Contingut no disponible en valencià
Se convoca a los señores socios a la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar el día 25 de julio de 2022, a las 10 horas, en la población de Castelló d'Empúries (Girona), Urbanización Empuriabrava, calle Flamicell, número 16, bloque A, bajos 5ª, con el siguiente
Orden del día
Primero.- Examen y aprobación del proyecto de traslado internacional del domicilio social de la Sociedad.
Segundo.- Aprobación del traslado internacional del domicilio social de la Sociedad de España a Francia en los términos previstos en el proyecto de traslado internacional del domicilio social.
Tercero.- Aprobación de los nuevos estatutos sociales adaptados al derecho extranjero y que regirán la Sociedad una vez sea efectivo el traslado internacional del domicilio social.
Cuarto.- Lectura y aprobación del acta de la reunión.
Conforme al artículo 98 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace constar que: (I) La Sociedad tiene su domicilio actual en Castelló d'Empúries (Girona), Urbanización Empuriabrava, calle Flamicell, número 16, bloque A, bajos 5ª, y se somete a votación de la Junta General Extraordinaria de Socios el traslado internacional de su domicilio social a Francia, 10, Rue des Quintanières, Saint-Juéry (CP 81160). (II) Los socios y acreedores sociales tienen el derecho a examinar en el domicilio social actual, así como obtener gratuitamente si así lo solicitaran, copia del proyecto de traslado internacional del domicilio social y del informe de los administradores; (III) Los socios que voten en contra del acuerdo de traslado internacional del domicilio social tendrán derecho a separarse de la Sociedad conforme al artículo 99 de la LME y el Título IX de la LSC; (IV) Los acreedores sociales cuyos créditos hubieran nacido antes de la fecha de publicación del Proyecto, y no estuvieran vencidos en ese momento, tendrán el derecho de oponerse al traslado internacional del domicilio social, en los términos establecidos para la oposición a la fusión en el artículo 44 de la LME, conforme al artículo 100 de la LME. Podrán ejercitar este derecho durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de aprobación del traslado internacional del domicilio social. Teniendo en cuenta que la totalidad del capital social de la Sociedad es titularidad de una socia única, no se ha previsto la posibilidad de que se ejerza el derecho de separación que correspondería, conforme al artículo 99 de la LME; a aquellos socios que votasen en contra del traslado internacional del domicilio social de la Sociedad. Además, al no tener la Sociedad trabajadores ni empleados, el traslado internacional del domicilio social no tendrá impacto alguno sobre el empleo.
Castelló d'Empúries, 13 de mayo de 2022.- Administrador único, Christian Sarroche.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid