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Documento BORME-C-2022-3052

VIDACAIXA, S.A.U. DE SEGUROS Y REASEGUROS
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BANKIA VIDA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 3779 a 3779 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-3052

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("Ley de Modificaciones Estructurales"), se hace público que el accionista único de VidaCaixa, S.A.U. de Seguros y Reaseguros ("VidaCaixa") y el accionista único de Bankia Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, Sociedad Unipersonal ("Bankia Vida") han aprobado, con fecha 11 de mayo de 2022, el proyecto común de fusión redactado y suscrito por sus respectivos consejos de administración con fecha 26 de abril de 2022, así como la fusión por absorción de Bankia Vida por VidaCaixa, que supondrá la extinción, vía disolución sin liquidación, de Bankia Vida y el traspaso en bloque a título universal de su patrimonio social a VidaCaixa, que adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de Bankia Vida. El accionista único de VidaCaixa y el de Bankia Vida han aprobado como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2021, debidamente verificados por el respectivo auditor de cuentas.

La eficacia de la fusión está condicionada, con carácter suspensivo, a la obtención de la preceptiva autorización de la ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de acuerdo con lo previsto en el artículo 90 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras; en el artículo 110 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y demás legislación concordante.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Igualmente, se hace constar el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de VidaCaixa y de Bankia Vida cuyos créditos no se hallen suficientemente garantizados en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

En Madrid, 17 de mayo de 2022.- El secretario no miembro del Consejo de Administración de VidaCaixa, S.A.U. de Seguros y Reaseguros, D. Óscar Figueres Fortuna. El secretario no miembro del Consejo de Administración de Bankia Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, Sociedad Unipersonal, D. David Lara López.

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