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Documento BORME-C-2022-4257

MERIDIA CAPITAL PRIVATE EQUITY I, S.C.R., S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 113, páginas 5211 a 5212 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2022-4257

TEXTO

A efectos de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el 9 de junio de 2022 la Junta General Universal Ordinaria de Accionistas de MERIDIA CAPITAL PRIVATE EQUITY I, S.C.R., S.A. (la "Sociedad") ha acordado reducir el capital social en los siguientes términos:

a. Reducción de capital para compensar pérdidas

reducir el capital social actualmente fijado en la cuantía de cinco millones cuarenta y un mil setecientos sesenta y seis (5.041.766) euros, hasta la cuantía de cuatro millones trescientos ochenta y cuatro mil trescientos ocho euros con veinte céntimos de euro (4.384.308'20.-€), es decir, el capital social se reduce en la cuantía de seiscientos cincuenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y siete euros con ochenta céntimos de euro (657.457'80).-€).

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 318.2 de la Ley de Sociedades de Capital y el artículo 170.1 del Reglamento del Registro del Mercantil, se hace constar que la finalidad de la reducción de capital es el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la Sociedad mediante la compensación de todas las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores de la Sociedad. Tras la reducción de capital aprobada, la cuenta de "resultados negativos de ejercicios anteriores" queda reducida a 0 Euros.

El procedimiento mediante el cual se llevará a cabo la reducción de capital es la disminución del valor nominal de todas las acciones ordinarias, nominativas, numeradas de la 1 a la 5.041.766, ambas inclusive, de 1.-€ de valor nominal cada una de ellas, íntegramente suscritas y desembolsadas y libres de todo tipo de carga o gravamen, pasando del citado 1.-€ de valor nominal cada una de ellas a 0'869597716.-€, esto es, una reducción del valor nominal de 0'130402284.-€ por cada acción.

La adopción de este acuerdo afecta por igual a todas las acciones que componen el capital de la Sociedad, sin que exista disparidad de trato entre ellas. En virtud del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente reducción de capital y, en consecuencia, la reducción se ejecutará inmediatamente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, el acuerdo de reducción de capital por compensación de pérdidas referido anteriormente toma como referencia el balance individual de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2021, el cual forma parte de las cuentas individuales de la Sociedad cerradas a dicha fecha aprobadas bajo el punto en la misma Junta que aprobó la citada reducción de capital y que han sido sometidas a la verificación del auditor de cuentas de la Sociedad, a saber, KPMG Auditores, S.L., según resulta del informe de auditoría. Dichas cuentas anuales individuales, que incluyen el referido balance e informe del auditor, se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.

b. Reducción de capital por devolución de aportaciones

reducir el capital social que ha quedado fijado en el acuerdo anterior en la cuantía de cuatro millones trescientos ochenta y cuatro mil trescientos ocho euros con veinte céntimos de euro (4.384.308'20.-€), hasta la cuantía de dos millones trescientos setenta mil veintidos euros con cincuenta céntimos de euro (2.370.022'50.-€), es decir, el capital social se reduce en la cuantía de dos millones catorce mil doscientos ochenta y cinco euros con setenta centimos de euro (2.014.285'70.-€).

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 318.2 de la Ley de Sociedades de Capital y el artículo 170.1 del Reglamento del Registro del Mercantil, se hace constar que la finalidad de la reducción de capital es la devolución del valor de las aportaciones.

El procedimiento mediante el cual se llevará a cabo la reducción de capital es la disminución del valor nominal de todas las acciones ordinarias, nominativas, numeradas de la 1 a la 5.041.766, ambas inclusive, de 0'869597716.-€ de valor nominal cada una de ellas, tras la reducción aprobada en el acuerdo anterior, íntegramente suscritas y desembolsadas y libres de todo tipo de carga o gravamen, pasando del citado 0'869597716.-€ de valor nominal cada una de ellas a 0'47077845.-€, esto es, una reducción del valor nominal de 0'3995198710.-€ por cada acción.

La reducción se ejecutará una vez transcurrido el plazo de oposición de los acreedores (es decir, conforme al artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital, un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción), o una vez queden todas las deudas de la Sociedad debidamente garantizadas o pagadas.

Ambos acuerdos de reducción del capital social implican la modificación del artículo 6º de los Estatutos Sociales relativo al capital social.

Barcelona, 10 de junio de 2022.- El Secretario del Consejo de Administración, Dª. Elisabet Gómez Canalejo.

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